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Conformidad y pluralidad de acusados
La conformidad en supuestos de pluralidad de acusados aparece regulada en los artículos 655 y 697 de la LECrim, que establecen que sólo será procedente cuando sea prestada por todos los acusado y el Letrado de ninguno de ellos estime necesaria la continuación del Juicio. Este trabajo tiene por objeto analizar diversos supuestos procesales en los que puede concurrir una pluralidad de acusados, con el propósito de determinar en qué supuestos y bajo qué condiciones ha de entenderse superada la genérica prohibición y, en consecuencia, cabe la conformidad parcial.
I. Introducción
II. Pluralidad de partícipes en una misma causa
III. Pluralidad de acusados y delitos conexos
IV. Conformidad en ausencia de algún acusado
V. Especial referencia a la pluralidad de acusados en la «conformidad premiada»
VI. Conclusiones
- Formato: PDF
- Número de páginas: 20
La conformidad en supuestos de pluralidad de acusados aparece regulada en los artículos 655 y 697 de la LECrim, que establecen que sólo será procedente cuando sea prestada por todos los acusado y el Letrado de ninguno de ellos estime necesaria la continuación del Juicio. Este trabajo tiene por objeto analizar diversos supuestos procesales en los que puede concurrir una pluralidad de acusados, con el propósito de determinar en qué supuestos y bajo qué condiciones ha de entenderse superada la genérica prohibición y, en consecuencia, cabe la conformidad parcial.
I. Introducción
II. Pluralidad de partícipes en una misma causa
III. Pluralidad de acusados y delitos conexos
IV. Conformidad en ausencia de algún acusado
V. Especial referencia a la pluralidad de acusados en la «conformidad premiada»
VI. Conclusiones
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