Diccionario panhispánico del español jurídico

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La prueba ilícita por violación de derechos fundamentales y sus excepciones

por Costa Torné, María Cinta

Artículo
ISSN: 18869912
Madrid UNED 2012
Ver otros artículos del mismo número: 11

En este artículo se pretende hacer un breve estudio
de la ilicitud de la prueba y de las consecuencias jurídicas que ello
conlleva, así como de las excepciones a dicha ilicitud.
La sentencia del Tribunal Constitucional 114/1984, de 29 de noviembre, introdujo en nuestro sistema legal la prohibición de utilizar
pruebas obtenidas vulnerando derechos fundamentales. Consecuencia de esta sentencia fue el artículo 11.1 Ley Orgánica del Poder
Judicial que prohíbe expresamente la valoración de dichas pruebas,
que puedan surtir efectos en el proceso y sirvan para basar en ellas
una sentencia condenatoria.
No obstante esta regla de exclusión de la prueba ilícita, el riesgo
de admitir una prueba obtenida habiéndose vulnerado derechos
fundamentales está presente en nuestro proceso a través de las cada
vez más frecuentes excepciones, apreciadas por los Tribunales, tanto
por el Tribunal Supremo como por el Tribunal Constitucional, que
permiten que una prueba ilícitamente obtenida, se llegue a valorarse
para que determinados delitos no queden impunes.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. Ilicitud de la prueba
II.1. Fundamento de la ilicitud
II.2. Conexión de antijuridicidad de las pruebas
III. Excepciones a la prueba ilícita
III.1. Confesión voluntaria del imputado
III.2. Excepción de la buena fe en la actuación policial
III.3. Excepción del descubrimiento inevitable
IV. Conclusiones


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  • Número de páginas: 25

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En este artículo se pretende hacer un breve estudio
de la ilicitud de la prueba y de las consecuencias jurídicas que ello
conlleva, así como de las excepciones a dicha ilicitud.
La sentencia del Tribunal Constitucional 114/1984, de 29 de noviembre, introdujo en nuestro sistema legal la prohibición de utilizar
pruebas obtenidas vulnerando derechos fundamentales. Consecuencia de esta sentencia fue el artículo 11.1 Ley Orgánica del Poder
Judicial que prohíbe expresamente la valoración de dichas pruebas,
que puedan surtir efectos en el proceso y sirvan para basar en ellas
una sentencia condenatoria.
No obstante esta regla de exclusión de la prueba ilícita, el riesgo
de admitir una prueba obtenida habiéndose vulnerado derechos
fundamentales está presente en nuestro proceso a través de las cada
vez más frecuentes excepciones, apreciadas por los Tribunales, tanto
por el Tribunal Supremo como por el Tribunal Constitucional, que
permiten que una prueba ilícitamente obtenida, se llegue a valorarse
para que determinados delitos no queden impunes.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. Ilicitud de la prueba
II.1. Fundamento de la ilicitud
II.2. Conexión de antijuridicidad de las pruebas
III. Excepciones a la prueba ilícita
III.1. Confesión voluntaria del imputado
III.2. Excepción de la buena fe en la actuación policial
III.3. Excepción del descubrimiento inevitable
IV. Conclusiones


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