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Violencia de género y extraterritorialidad de la ley penal. La persecución de la mutilación genital femenina
El aumento de los flujos migratorios en las últimas décadas ha hecho que conociéramos en nuestro país y en los de nuestro entorno la mutilación genital femenina, práctica perteneciente a la tradición cultural de algunos grupos de inmigrantes, que constituye una manifestación de violencia de género, un atentado a los derechos humanos de las mujeres y que lesiona bienes jurídicos fundamentales recogidos en la Constitución. La tolerancia y el respeto a la identidad cultural de los inmigrantes tiene como límite el respeto de los derechos fundamentales, por lo que no se pueden admitir como lícitas en nuestro país la mutilación de las mujeres inmigrantes, que en la mayoría de los casos son menores de edad. Desde hace tiempo a nivel mundial se lucha para eliminar estas prácticas. Nuestro país se ha unido a esta lucha y siguiendo las recomendaciones internacionales, ha incluido el delito de mutilación genital en el Código penal y en el principio de justicia universal, en virtud de mismo, los Tribunales españoles serán competentes para juzgar las mutilaciones genitales realizadas fuera de nuestro territorio si los responsables se encuentran en España.
I. Introducción
II. Mutilación Genital y Derechos Humanos
III. La Mutilación Genital Femenina como manifestación de la Violencia de Género
IV. La Mutilación Genital Femenina en la Legislación Española
IV.1. Propuestas legislativas
IV.2. Tipificación en el Código penal
IV.3. Ley Orgánica del Poder Judicial
V. Principio de Jurisdicción Universal
VI. Conclusiones
- Formato: PDF
- Número de páginas: 22
El aumento de los flujos migratorios en las últimas décadas ha hecho que conociéramos en nuestro país y en los de nuestro entorno la mutilación genital femenina, práctica perteneciente a la tradición cultural de algunos grupos de inmigrantes, que constituye una manifestación de violencia de género, un atentado a los derechos humanos de las mujeres y que lesiona bienes jurídicos fundamentales recogidos en la Constitución. La tolerancia y el respeto a la identidad cultural de los inmigrantes tiene como límite el respeto de los derechos fundamentales, por lo que no se pueden admitir como lícitas en nuestro país la mutilación de las mujeres inmigrantes, que en la mayoría de los casos son menores de edad. Desde hace tiempo a nivel mundial se lucha para eliminar estas prácticas. Nuestro país se ha unido a esta lucha y siguiendo las recomendaciones internacionales, ha incluido el delito de mutilación genital en el Código penal y en el principio de justicia universal, en virtud de mismo, los Tribunales españoles serán competentes para juzgar las mutilaciones genitales realizadas fuera de nuestro territorio si los responsables se encuentran en España.
I. Introducción
II. Mutilación Genital y Derechos Humanos
III. La Mutilación Genital Femenina como manifestación de la Violencia de Género
IV. La Mutilación Genital Femenina en la Legislación Española
IV.1. Propuestas legislativas
IV.2. Tipificación en el Código penal
IV.3. Ley Orgánica del Poder Judicial
V. Principio de Jurisdicción Universal
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