Diccionario panhispánico del español jurídico

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¿También los extranjeros son iguales ante la ley?

por Mora Alemañy, Rosario

Artículo
ISSN: 18869912
Madrid UNED 2013
Ver otros artículos del mismo número: 12

«Los españoles son iguales ante la ley» (art. 14 CE). La recentísima STC 17/2013 señala que «los extranjeros gozan en España del derecho fundamental derivado del artículo 18.4 CE en las mismas condiciones que los españoles»; pero, como señala el voto particular del Magistrado Pérez Tremps, al que se unen otros tres magistrados, la regulación avalada por el Tribunal Constitucional en esta sentencia «pone de manifiesto una notable limitación del contenido esencial del derecho fundamental a la protección de los datos personales (art. 18.4) que, por afectar sólo a personas de origen extranjero, lleva a la conclusión de que los extranjeros ya no gozan en España del derecho fundamental derivado del artículo 18.4 CE en las mismas condiciones que los españoles». Esta sentencia, pues, invita a precisar el alcance con el que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional reconoce la igualdad también para los extranjeros.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. Las dos manifestaciones de la igualdad ante la ley
III. Notas sobre el juicio de igualdad
IV. El papel de los tratados internacionales en la igualdad de los extranjeros ante la ley
V. Contenido del artículo 14 de la Constitución de 1978:
1. La regla general de igualdad del artículo 14 de la Constitución:
A) Consideraciones generales
B) La jurisprudencia más reciente
2. Prohibición de discriminación:
A) Las causas específicas de discriminación
B) La cláusula «in fine»
VI. La aplicación del principio de igualdad a los derechos de los Extranjeros cuando existe tratado o ley
VII. Conclusiones


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«Los españoles son iguales ante la ley» (art. 14 CE). La recentísima STC 17/2013 señala que «los extranjeros gozan en España del derecho fundamental derivado del artículo 18.4 CE en las mismas condiciones que los españoles»; pero, como señala el voto particular del Magistrado Pérez Tremps, al que se unen otros tres magistrados, la regulación avalada por el Tribunal Constitucional en esta sentencia «pone de manifiesto una notable limitación del contenido esencial del derecho fundamental a la protección de los datos personales (art. 18.4) que, por afectar sólo a personas de origen extranjero, lleva a la conclusión de que los extranjeros ya no gozan en España del derecho fundamental derivado del artículo 18.4 CE en las mismas condiciones que los españoles». Esta sentencia, pues, invita a precisar el alcance con el que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional reconoce la igualdad también para los extranjeros.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. Las dos manifestaciones de la igualdad ante la ley
III. Notas sobre el juicio de igualdad
IV. El papel de los tratados internacionales en la igualdad de los extranjeros ante la ley
V. Contenido del artículo 14 de la Constitución de 1978:
1. La regla general de igualdad del artículo 14 de la Constitución:
A) Consideraciones generales
B) La jurisprudencia más reciente
2. Prohibición de discriminación:
A) Las causas específicas de discriminación
B) La cláusula «in fine»
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