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Producción normativa multinivel y función supletoria de las normas de soft law: el caso de los biobancos de investigación entre lo obligatorio, lo persuasivo y lo justiciable
El material biológico expresa de forma paradigmática la dicotomía esencial entre el cuerpo que se es y el cuerpo que se tiene, marcando una conflictiva línea de continuidad, conforme al art. 5 del Codice civile, del principio general de (in)disponibilidad sobre el propio cuerpo hasta los espacios de disponibilidad que aumentan de forma gradual: de la integridad psicofísica a la salud individual, y la identidad personal. En un contexto en el que los límites del «ser humano» se han hecho cada vez más variables y donde la idea del cuerpo como entidad dominada únicamente por el sujeto interesado pierde sus fronteras definidas, normalmente derivadas de las normas relativas a la propiedad, la cuestión de los biobancos de investigación pone de manifiesto la problemática en cuanto a los modos de adquisición, uso y conservación del material biológico. La estratificación y yuxtaposición de las fuentes relativas al fenómeno dificultan la reconstrucción teórica y la regulación del propio material biológico, lo que tampoco facilita una producción normativa en distintos niveles y una función supletoria de normas de soft law que, cruzándose de forma yuxtapuesta con normas secundarias, evidencian una profunda crisis del sistema de fuentes y expresan una tutela jurídica incierta, si no ausente, de los intereses que subyacen en la disposición de dicho material.
I. Premisa
II. El problema teórico-reconstructivo del material biológico
III. El carácter inmaterial del material biológico: la información genética
IV. Modelos de tráfico jurídico vs intereses del disponente
V. El modelo relacional entre las normas del consentimiento y los vínculos de solidaridad
VI. Conclusiones: el fenómeno de la superproducción normativa y la estratificación de las fuentes; de la obligatoriedad a la persuasión
- Formato: PDF
- Número de páginas: 44
El material biológico expresa de forma paradigmática la dicotomía esencial entre el cuerpo que se es y el cuerpo que se tiene, marcando una conflictiva línea de continuidad, conforme al art. 5 del Codice civile, del principio general de (in)disponibilidad sobre el propio cuerpo hasta los espacios de disponibilidad que aumentan de forma gradual: de la integridad psicofísica a la salud individual, y la identidad personal. En un contexto en el que los límites del «ser humano» se han hecho cada vez más variables y donde la idea del cuerpo como entidad dominada únicamente por el sujeto interesado pierde sus fronteras definidas, normalmente derivadas de las normas relativas a la propiedad, la cuestión de los biobancos de investigación pone de manifiesto la problemática en cuanto a los modos de adquisición, uso y conservación del material biológico. La estratificación y yuxtaposición de las fuentes relativas al fenómeno dificultan la reconstrucción teórica y la regulación del propio material biológico, lo que tampoco facilita una producción normativa en distintos niveles y una función supletoria de normas de soft law que, cruzándose de forma yuxtapuesta con normas secundarias, evidencian una profunda crisis del sistema de fuentes y expresan una tutela jurídica incierta, si no ausente, de los intereses que subyacen en la disposición de dicho material.
I. Premisa
II. El problema teórico-reconstructivo del material biológico
III. El carácter inmaterial del material biológico: la información genética
IV. Modelos de tráfico jurídico vs intereses del disponente
V. El modelo relacional entre las normas del consentimiento y los vínculos de solidaridad
VI. Conclusiones: el fenómeno de la superproducción normativa y la estratificación de las fuentes; de la obligatoriedad a la persuasión
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