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Matrimonios ilegales, inexistentes o nulos, desde la legislación matrimonial de Augusto hasta Constantino I
Con el presente trabajo de investigación hemos analizado la importancia de las leyes matrimoniales promulgadas por el emperador Augusto, su idea de romanidad, así como la posterior evolución postclásica ya con Constantino I. En este sentido, se ha demostrado cómo tanto la Lex Iulia de maritandis ordinibus como la Lex Papia Poppaea nuptialis formaron un solo texto denominado Lex Iulia et Papia Poppaea cuya finalidad fue la restauración de la familia sobre la base de las tradiciones para desarrollar una política que favoreciese las uniones lícitamente contraídas y la procreación. Lo anterior nos llevará a reparar en los matrimonios romanos ilegales, esto es, aquellas uniones conyugales carentes del conubium que no producían efectos jurídicos y se consideraban como un matrimonium iniustum. Finalmente, hemos preferido diferenciar entre los matrimonios iniustum inexistentes y los nulos o ineficaces porque presentan supuestos distintos y en las fuentes no existe una diferenciación clara.
I. INTRODUCCIÓN
II. LA LEGISLACIÓN MATRIMONIAL DEL EMPERADOR AUGUSTO ANTE LA IDEA DE “ROMANIDAD”:
II. A. Antecedentes
II. B. Análisis jurídico del contenido de las leyes augústeas y sus prohibiciones matrimoniales
III. DEROGACIÓN PARCIAL DE LAS LEYES MATRI-MONIALES CON EL EMPERADOR CONTANTINO I
IV. HACIA UNA CLASIFICACIÓN DE LOS MATRIMONIOS ROMANOS ILEGALES INEXISTENTES O NULOS:
IV. A. Matrimonium iniustum inexistente o non potest
IV. B. Matrimonium iniustum nullum
V. NATURALEZA JURÍDICA DE LAS PROHIBICIONES A CONTRAER IUSTAE NUPTIAE E IMPEDIMENTOS:
VI. CONCLUSIONES
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Con el presente trabajo de investigación hemos analizado la importancia de las leyes matrimoniales promulgadas por el emperador Augusto, su idea de romanidad, así como la posterior evolución postclásica ya con Constantino I. En este sentido, se ha demostrado cómo tanto la Lex Iulia de maritandis ordinibus como la Lex Papia Poppaea nuptialis formaron un solo texto denominado Lex Iulia et Papia Poppaea cuya finalidad fue la restauración de la familia sobre la base de las tradiciones para desarrollar una política que favoreciese las uniones lícitamente contraídas y la procreación. Lo anterior nos llevará a reparar en los matrimonios romanos ilegales, esto es, aquellas uniones conyugales carentes del conubium que no producían efectos jurídicos y se consideraban como un matrimonium iniustum. Finalmente, hemos preferido diferenciar entre los matrimonios iniustum inexistentes y los nulos o ineficaces porque presentan supuestos distintos y en las fuentes no existe una diferenciación clara.
I. INTRODUCCIÓN
II. LA LEGISLACIÓN MATRIMONIAL DEL EMPERADOR AUGUSTO ANTE LA IDEA DE “ROMANIDAD”:
II. A. Antecedentes
II. B. Análisis jurídico del contenido de las leyes augústeas y sus prohibiciones matrimoniales
III. DEROGACIÓN PARCIAL DE LAS LEYES MATRI-MONIALES CON EL EMPERADOR CONTANTINO I
IV. HACIA UNA CLASIFICACIÓN DE LOS MATRIMONIOS ROMANOS ILEGALES INEXISTENTES O NULOS:
IV. A. Matrimonium iniustum inexistente o non potest
IV. B. Matrimonium iniustum nullum
V. NATURALEZA JURÍDICA DE LAS PROHIBICIONES A CONTRAER IUSTAE NUPTIAE E IMPEDIMENTOS:
VI. CONCLUSIONES