Diccionario panhispánico del español jurídico

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La buena fe en el orden jurisdiccional social. Exégesis normativa de un concepto infrapercibido

por Luelmo Millán, Miguel Ángel

Artículo
ISSN: 18869912
Madrid UNED 2022
Ver otros artículos del mismo número: 29

La buena fe es un valor y un principio de excepcional relieve en el ordenamiento jurídico que tiene su base, en nuestra sociedad occidental, en el concepto del mismo nombre del Derecho Romano. Con origen en el ámbito de las relaciones privadas, se extiende actualmente a las más distintas esferas del ordenamiento jurídico y constituye el mayor soporte del mismo, suponiendo, en definitiva, la imprescindible relación del derecho con la ética, que debe presidir todos los actos del ser humano y de las instituciones creadas por éste. Trasladándonos al específico espacio procesal, y más concretamente, en el orden jurisdiccional social, la buena fe es aludida en repetidos preceptos de nuestra LRJS, unas veces expresamente y otras tácita, pero no por ello menos claramente, así como también otros conceptos que suponen su formulación a contrario sensu, como la mala fe, el abuso del derecho, el fraude de ley, la negligencia o la temeridad, refiriéndose no sólo a las partes litigantes sino también al propio legislador y el interés que presida la norma de aplicación y al órgano jurisdiccional concernido. Sin embargo, en frecuentes ocasiones la buena fe es entendida como un principio declarativo y como marco formal de la causa sin más trascendencia efectiva cuando es un concepto dinámico que es perfectamente exigible en cada caso específico si, de los textos defraudados se evidencia su ausencia, y es punible si se viola el espíritu de la norma, conduciendo, por reacción y después de la denuncia oportuna si no se aprecia de oficio, el debido efecto frente a su presunta evitación o su simple desatención, por lo que es muy necesario examinar el alcance de cada precepto y la dimensión específica en cada uno de este principio.

Tabla de Contenidos

I. Valores o principios que sustentan el de buena fe
II. El marco jurídico general
III. La buena fe en el contexto del ordenamiento jurídico social
IV. La buena fe dentro del proceso social y sus opuestas manifestaciones: la estafa procesal
V. Generalidades y actos previos y preparatorios del proceso en el derecho social
VI. La buena fe en la fase del proceso propiamente dicho y de los principios que lo informan
VII. Desde la admisión de la demanda iniciadora de la fase nuclear del proceso hasta la sentencia que lo resuelve
VIII. De la sentencia en general y de las distintas modalidades procesales
IX. De la buena fe con ocasión del ejercicio de los medios de impugnación
X. La presencia de la buena fe en la ejecución de las sentencias y demás títulos ejecutivos
XI. Epílogo


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La buena fe es un valor y un principio de excepcional relieve en el ordenamiento jurídico que tiene su base, en nuestra sociedad occidental, en el concepto del mismo nombre del Derecho Romano. Con origen en el ámbito de las relaciones privadas, se extiende actualmente a las más distintas esferas del ordenamiento jurídico y constituye el mayor soporte del mismo, suponiendo, en definitiva, la imprescindible relación del derecho con la ética, que debe presidir todos los actos del ser humano y de las instituciones creadas por éste. Trasladándonos al específico espacio procesal, y más concretamente, en el orden jurisdiccional social, la buena fe es aludida en repetidos preceptos de nuestra LRJS, unas veces expresamente y otras tácita, pero no por ello menos claramente, así como también otros conceptos que suponen su formulación a contrario sensu, como la mala fe, el abuso del derecho, el fraude de ley, la negligencia o la temeridad, refiriéndose no sólo a las partes litigantes sino también al propio legislador y el interés que presida la norma de aplicación y al órgano jurisdiccional concernido. Sin embargo, en frecuentes ocasiones la buena fe es entendida como un principio declarativo y como marco formal de la causa sin más trascendencia efectiva cuando es un concepto dinámico que es perfectamente exigible en cada caso específico si, de los textos defraudados se evidencia su ausencia, y es punible si se viola el espíritu de la norma, conduciendo, por reacción y después de la denuncia oportuna si no se aprecia de oficio, el debido efecto frente a su presunta evitación o su simple desatención, por lo que es muy necesario examinar el alcance de cada precepto y la dimensión específica en cada uno de este principio.

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I. Valores o principios que sustentan el de buena fe
II. El marco jurídico general
III. La buena fe en el contexto del ordenamiento jurídico social
IV. La buena fe dentro del proceso social y sus opuestas manifestaciones: la estafa procesal
V. Generalidades y actos previos y preparatorios del proceso en el derecho social
VI. La buena fe en la fase del proceso propiamente dicho y de los principios que lo informan
VII. Desde la admisión de la demanda iniciadora de la fase nuclear del proceso hasta la sentencia que lo resuelve
VIII. De la sentencia en general y de las distintas modalidades procesales
IX. De la buena fe con ocasión del ejercicio de los medios de impugnación
X. La presencia de la buena fe en la ejecución de las sentencias y demás títulos ejecutivos
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