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La prisión de los miembros de las fuerzas armadas y de los cuerpos y fuerzas de seguridad del estado
Cuando los miembros de las Fuerzas Armadas y la de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado cometen un delito en España y la pena es la de privación de libertad, los primeros deben de ingresar en un establecimiento penitenciario militar mientras no pierdan su condición de militar, en tanto que los segundos, en un Centro Penitenciario ordinario separados del resto de los reclusos comunes. En este artículo nos planteamos el mantenimiento de este sistema si tenemos en cuenta la drástica reducción de los delitos militares y la situación que se producirá en España tras la entrada del nuevo Código Penal Militar el 15 de enero de 2016, que pudiera reducir aún más los ingresos en la única prisión militar existente de Alcalá de Henares (Madrid).
I. Precisiones Terminológicas
II. Configuración
III. Fundamento
IV. Medios y Perfiles Criminológicos
V. Delimitación legal
VI. La crisis del sistema penitenciario militar español
VII. Conclusiones
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Cuando los miembros de las Fuerzas Armadas y la de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado cometen un delito en España y la pena es la de privación de libertad, los primeros deben de ingresar en un establecimiento penitenciario militar mientras no pierdan su condición de militar, en tanto que los segundos, en un Centro Penitenciario ordinario separados del resto de los reclusos comunes. En este artículo nos planteamos el mantenimiento de este sistema si tenemos en cuenta la drástica reducción de los delitos militares y la situación que se producirá en España tras la entrada del nuevo Código Penal Militar el 15 de enero de 2016, que pudiera reducir aún más los ingresos en la única prisión militar existente de Alcalá de Henares (Madrid).
I. Precisiones Terminológicas
II. Configuración
III. Fundamento
IV. Medios y Perfiles Criminológicos
V. Delimitación legal
VI. La crisis del sistema penitenciario militar español
VII. Conclusiones