Diccionario panhispánico del español jurídico

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La Ley Orgánica de Comunicación de Ecuador, ¿un avance en el ejercicio efectivo de las libertades expresión e información y en la participación ciudadana?

por Magdaleno Alegría, Antonio

Artículo
ISSN: 21745625
Madrid UNED 2015
Ver otros artículos del mismo número: 95

Con el objetivo de garantizar el efectivo ejercicio de las libertades de expresión e información y fomentar la participación ciudadana, la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó la Ley Orgánica de Comunicación en 2013. La citada norma ha sido criticada, entre otros, por la Relatoría especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, organizaciones nacionales e internacionales de periodistas y la mayoría de los medios de comunicación privados de Ecuador. Entre otras cuestiones, han censurado que la citada norma califica como servicio público la actividad de todos los medios de comunicación independientemente de su titularidad o modalidad, que se castigue la censura por omisión o la nula independencia de los organismos de control de la actividad de los medios de comunicación.
El estudio analiza si la Ley Orgánica de comunicación supone una auténtica democratización del ejercicio de las libertades de expresión e información y un fortalecimiento de la participación ciudadana o si, por el contrario, contiene regulaciones que posibilitan la influencia gubernamental sobre los contenidos comunicativos de los más media y, por ende, hacen dudar de la sinceridad del legislador ecuatoriano.

Tabla de Contenidos

INTRODUCCIÓN
1. EL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL ECUATORIANO E INTERAMERICANO DE LAS LIBERTADES DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN
2. LA VISIÓN DEMOCRÁTICA DE LAS LIBERTADES DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN COMO PREMISA DE LA LEY ORGÁNICA DE COMUNICACIÓN
3. ESTUDIO DE LOS ASPECTOS MÁS CONTROVERTIDOS DE LA LEY ORGÁNICA DE COMUNICACIÓN
3.1 La discutible calificación como servicio público de la actividad de los medios de comunicación
3.2 La inapropiada utilización del concepto de censura previa y la obligatoriedad de informar sobre asuntos de interés público
3.3 La obligación de elaborar códigos deontológicos
3.4 El linchamiento mediático
3.5 Las autoridades independientes de desarrollo normativo y control
4. ¿SE PUEDEN CONSEGUIR IDÉNTICOS OBJETIVOS MEDIANTE OTROS MEDIOS MENOS RESTRICTIVOS?


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  • Número de páginas: 36

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Con el objetivo de garantizar el efectivo ejercicio de las libertades de expresión e información y fomentar la participación ciudadana, la Asamblea Nacional de Ecuador aprobó la Ley Orgánica de Comunicación en 2013. La citada norma ha sido criticada, entre otros, por la Relatoría especial para la libertad de expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, organizaciones nacionales e internacionales de periodistas y la mayoría de los medios de comunicación privados de Ecuador. Entre otras cuestiones, han censurado que la citada norma califica como servicio público la actividad de todos los medios de comunicación independientemente de su titularidad o modalidad, que se castigue la censura por omisión o la nula independencia de los organismos de control de la actividad de los medios de comunicación.
El estudio analiza si la Ley Orgánica de comunicación supone una auténtica democratización del ejercicio de las libertades de expresión e información y un fortalecimiento de la participación ciudadana o si, por el contrario, contiene regulaciones que posibilitan la influencia gubernamental sobre los contenidos comunicativos de los más media y, por ende, hacen dudar de la sinceridad del legislador ecuatoriano.

Tabla de Contenidos

INTRODUCCIÓN
1. EL RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL ECUATORIANO E INTERAMERICANO DE LAS LIBERTADES DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN
2. LA VISIÓN DEMOCRÁTICA DE LAS LIBERTADES DE EXPRESIÓN E INFORMACIÓN COMO PREMISA DE LA LEY ORGÁNICA DE COMUNICACIÓN
3. ESTUDIO DE LOS ASPECTOS MÁS CONTROVERTIDOS DE LA LEY ORGÁNICA DE COMUNICACIÓN
3.1 La discutible calificación como servicio público de la actividad de los medios de comunicación
3.2 La inapropiada utilización del concepto de censura previa y la obligatoriedad de informar sobre asuntos de interés público
3.3 La obligación de elaborar códigos deontológicos
3.4 El linchamiento mediático
3.5 Las autoridades independientes de desarrollo normativo y control
4. ¿SE PUEDEN CONSEGUIR IDÉNTICOS OBJETIVOS MEDIANTE OTROS MEDIOS MENOS RESTRICTIVOS?


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