Diccionario panhispánico del español jurídico

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Las tensas relaciones entre el Tribunal Supremo y el Tribunal Constitucional y los límites de la (legítima) discrepancia entre ellos

por Matia Portilla, Francisco Javier

Artículo
ISSN: 21745625
Madrid UNED 2016
Ver otros artículos del mismo número: 97

Como es sabido, el Tribunal Supremo ha mostrado en algunas ocasiones una profunda discrepancia con resoluciones emanadas del Tribunal Constitucional. En este trabajo se defiende la crítica leal de los tribunales a la doctrina vinculante de otros que les viene impuesta por nuestro ordenamiento, siempre que se haga en el marco de su actuación jurisdiccional y se acepte su vinculación con dicha doctrina. Se critica, por el contrario, la adopción de medidas ajenas a dicha función (pedir el amparo del Rey, adoptar acuerdos plenarios de dudosa naturaleza jurídica), la negativa a asumir esa jurisprudencia y el intento de controlar la actuación jurisdiccional de los Magistrados del Tribunal Constitucional. Se concluye afirmando que dicha tensión es, en cierta medida, inevitable, y que debe apelarse a la prudencia del Tribunal Constitucional en su actuación y a la lealtad institucional de los tribunales ordinarios en su labor.

Tabla de Contenidos

1. ALGUNAS CONSIDERACIONES PREVIAS SOBRE LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL Y SU CRÍTICA
2. LOS COMPORTAMIENTOS DISCUTIBLES:
2.1 Los Tribunales deben expresarse a través de resoluciones
2.2 Los Tribunales deben respetar la doctrina constitucional
2.3 Un Tribunal no puede controlar la actuación jurisdiccional de los Magistrados del Tribunal Constitucional
3. ALGUNAS CONSIDERACIONES CONCLUSIVAS


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  • Número de páginas: 36

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Como es sabido, el Tribunal Supremo ha mostrado en algunas ocasiones una profunda discrepancia con resoluciones emanadas del Tribunal Constitucional. En este trabajo se defiende la crítica leal de los tribunales a la doctrina vinculante de otros que les viene impuesta por nuestro ordenamiento, siempre que se haga en el marco de su actuación jurisdiccional y se acepte su vinculación con dicha doctrina. Se critica, por el contrario, la adopción de medidas ajenas a dicha función (pedir el amparo del Rey, adoptar acuerdos plenarios de dudosa naturaleza jurídica), la negativa a asumir esa jurisprudencia y el intento de controlar la actuación jurisdiccional de los Magistrados del Tribunal Constitucional. Se concluye afirmando que dicha tensión es, en cierta medida, inevitable, y que debe apelarse a la prudencia del Tribunal Constitucional en su actuación y a la lealtad institucional de los tribunales ordinarios en su labor.

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1. ALGUNAS CONSIDERACIONES PREVIAS SOBRE LA JURISPRUDENCIA CONSTITUCIONAL Y SU CRÍTICA
2. LOS COMPORTAMIENTOS DISCUTIBLES:
2.1 Los Tribunales deben expresarse a través de resoluciones
2.2 Los Tribunales deben respetar la doctrina constitucional
2.3 Un Tribunal no puede controlar la actuación jurisdiccional de los Magistrados del Tribunal Constitucional
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