Diccionario panhispánico del español jurídico

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La singularidad de la monarquía sueca en el contexto europeo: el Rey como símbolo estático del Estado

por Rollnert Liern, Göran

Artículo
ISSN: 21745625
Madrid UNED 2017
Ver otros artículos del mismo número: 99

En el marco de las monarquías parlamentarias europeas, la configuración constitucional de la monarquía sueca contemporánea presenta singularidades que merecen atención. Se parte de una visión panorámica general de la monarquía sueca en el Instrumento de Gobierno de 1975 que desvincula la Jefatura del Estado de los poderes estatales estableciendo así un modelo propio de racionalización de la monarquía parlamentaria en el texto constitucional escrito y se analiza la significativa carencia de competencias que individualiza la posición del Jefe de Estado sueco respecto de los restantes soberanos europeos.
Se aborda a continuación la evolución de la institución en Suecia a partir del anterior Instrumento de Gobierno de 1809 que estableció una monarquía constitucional basada en el principio de separación de poderes. Progresivamente se fue introduciendo el parlamentarismo desde 1918 sin modificar formalmente el texto constitucional, atribuyendo nuevo sentido por vía interpretativa a las disposiciones constitucionales. Fue en 1969 cuando mediante una reforma parcial de la Constitución se incorporó formalmente el sistema parlamentario al reconocerse al Parlamento la posibilidad de presentar una moción de censura.
Se trata después la discusión sobre los poderes del Rey durante la tramitación parlamentaria de la nueva Constitución de 1975 que culminó con el denominado Compromiso de Turekov de 1971 en el que los partidos políticos suecos consensuaron finalmente un diseño constitucional restrictivo de las competencias del Rey, atendiendo a las circunstancias y razones por las que el monarca sueco perdió los poderes formales que desde 1918 habían coexistido con el funcionamiento del régimen parlamentario, poniendo el énfasis en las motivaciones de los partidos representados en la Comisión que redactó el nuevo Instrumento de Gobierno.
El trabajo finaliza haciendo referencia a la llamativa exclusión del Jefe de Estado sueco del proceso de formación del Gabinete en el Instrumento de Gobierno de 1975 y a la variante inusual del parlamentarismo negativo adoptada por cuanto la votación previa al nombramiento del Primer Ministro no es en realidad de confianza sino de «no censura» o «no desconfianza». Con la reforma constitucional de 2011 se introdujo la novedad de que, tras la celebración de elecciones, el Primer Ministro debe someterse a un voto obligatorio de investidura, aunque se mantiene en lo esencial el principio del parlamentarismo negativo en la medida que podrá continuar en el cargo si no votan en su contra más de la mitad de los diputados, con independencia de los votos favorables que recabe.

Tabla de Contenidos

I. PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN
II. CARACTERIZACIÓN GENERAL DE LA MONARQUÍA SUECA EN EL INSTRUMENTO DE GOBIERNO DE 1975
III. LOS ANTECEDENTES INMEDIATOS: EL INSTRUMENTO DE GOBIERNO DE 1809
IV. LOS PODERES DEL REY Y EL COMPROMISO DE TUREKOV
V. DEL PARLAMENTARISMO NEGATIVO AL VOTO OBLIGATORIO DE INVESTIDURA EN LA REFORMA DE 2011


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En el marco de las monarquías parlamentarias europeas, la configuración constitucional de la monarquía sueca contemporánea presenta singularidades que merecen atención. Se parte de una visión panorámica general de la monarquía sueca en el Instrumento de Gobierno de 1975 que desvincula la Jefatura del Estado de los poderes estatales estableciendo así un modelo propio de racionalización de la monarquía parlamentaria en el texto constitucional escrito y se analiza la significativa carencia de competencias que individualiza la posición del Jefe de Estado sueco respecto de los restantes soberanos europeos.
Se aborda a continuación la evolución de la institución en Suecia a partir del anterior Instrumento de Gobierno de 1809 que estableció una monarquía constitucional basada en el principio de separación de poderes. Progresivamente se fue introduciendo el parlamentarismo desde 1918 sin modificar formalmente el texto constitucional, atribuyendo nuevo sentido por vía interpretativa a las disposiciones constitucionales. Fue en 1969 cuando mediante una reforma parcial de la Constitución se incorporó formalmente el sistema parlamentario al reconocerse al Parlamento la posibilidad de presentar una moción de censura.
Se trata después la discusión sobre los poderes del Rey durante la tramitación parlamentaria de la nueva Constitución de 1975 que culminó con el denominado Compromiso de Turekov de 1971 en el que los partidos políticos suecos consensuaron finalmente un diseño constitucional restrictivo de las competencias del Rey, atendiendo a las circunstancias y razones por las que el monarca sueco perdió los poderes formales que desde 1918 habían coexistido con el funcionamiento del régimen parlamentario, poniendo el énfasis en las motivaciones de los partidos representados en la Comisión que redactó el nuevo Instrumento de Gobierno.
El trabajo finaliza haciendo referencia a la llamativa exclusión del Jefe de Estado sueco del proceso de formación del Gabinete en el Instrumento de Gobierno de 1975 y a la variante inusual del parlamentarismo negativo adoptada por cuanto la votación previa al nombramiento del Primer Ministro no es en realidad de confianza sino de «no censura» o «no desconfianza». Con la reforma constitucional de 2011 se introdujo la novedad de que, tras la celebración de elecciones, el Primer Ministro debe someterse a un voto obligatorio de investidura, aunque se mantiene en lo esencial el principio del parlamentarismo negativo en la medida que podrá continuar en el cargo si no votan en su contra más de la mitad de los diputados, con independencia de los votos favorables que recabe.

Tabla de Contenidos

I. PLANTEAMIENTO DE LA CUESTIÓN
II. CARACTERIZACIÓN GENERAL DE LA MONARQUÍA SUECA EN EL INSTRUMENTO DE GOBIERNO DE 1975
III. LOS ANTECEDENTES INMEDIATOS: EL INSTRUMENTO DE GOBIERNO DE 1809
IV. LOS PODERES DEL REY Y EL COMPROMISO DE TUREKOV
V. DEL PARLAMENTARISMO NEGATIVO AL VOTO OBLIGATORIO DE INVESTIDURA EN LA REFORMA DE 2011


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