Diccionario panhispánico del español jurídico

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El Tribunal Constitucional, un balance de cuarenta años

por Carrillo, Marc

Artículo
ISSN: 21745625
Madrid UNED 2018
Ver otros artículos del mismo número: 101

La previsión de la jurisdicción constitucional en la Constitución de 1978 ha sido un instrumento que ha reforzado su condición de norma jurídica. El indudable prestigio institucional del Tribunal Constitucional adquirido en los primeros años se ha visto reducido posteriormente por la influencia política en su composición y funcionamiento. La interpretación constitucional forma parte de la Teoría de la Constitución y los criterios hermenéuticos del empleados por el Tribunal han tenido una notable influencia en la jurisdicción ordinaria. Por otra parte, el sentido objetivo y las nuevas reglas sobre admisión del recurso individual (amparo), han permitido que el Tribunal pueda ejercer con mayor eficacia el juicio sobre la ley del Parlamento. Por otra parte, su función de garantía de los derechos fundamentales no puede ser concebida al margen del sistema
europeo de jurisdicción multinivel.

Tabla de Contenidos

1. LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL Y EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
2. LA INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL
3. EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY:
3.1. El recurso de inconstitucionalidad y los avatares de sus reformas
3.2. El recurso previo de inconstitucionalidad
3.3. El art. 33.2 LOTC: evitar la conflictividad competencial
3.4. La cuestión de inconstitucionalidad como vía de diálogo entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción constitucional
3.5. La asimetría procesal de la ley autonómica ante el TC
4. LA OBJETIVACIÓN DEL RECURSO DE AMPARO:
4.1. Las causas de la reforma
4.2. La validez constitucional de la reforma
4.3. La aplicación jurisdiccional de la reforma
5. LOS CONFLICTOS DE COMPETENCIAS: LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL Y LA JURISDICCIÓN ORDINARIA
6. LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y LA FUNCIÓN VOTO PARTICULAR:
6.1. La sentencia
6.2. El voto particular


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La previsión de la jurisdicción constitucional en la Constitución de 1978 ha sido un instrumento que ha reforzado su condición de norma jurídica. El indudable prestigio institucional del Tribunal Constitucional adquirido en los primeros años se ha visto reducido posteriormente por la influencia política en su composición y funcionamiento. La interpretación constitucional forma parte de la Teoría de la Constitución y los criterios hermenéuticos del empleados por el Tribunal han tenido una notable influencia en la jurisdicción ordinaria. Por otra parte, el sentido objetivo y las nuevas reglas sobre admisión del recurso individual (amparo), han permitido que el Tribunal pueda ejercer con mayor eficacia el juicio sobre la ley del Parlamento. Por otra parte, su función de garantía de los derechos fundamentales no puede ser concebida al margen del sistema
europeo de jurisdicción multinivel.

Tabla de Contenidos

1. LA JUSTICIA CONSTITUCIONAL Y EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
2. LA INTERPRETACIÓN CONSTITUCIONAL
3. EL CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY:
3.1. El recurso de inconstitucionalidad y los avatares de sus reformas
3.2. El recurso previo de inconstitucionalidad
3.3. El art. 33.2 LOTC: evitar la conflictividad competencial
3.4. La cuestión de inconstitucionalidad como vía de diálogo entre la jurisdicción ordinaria y la jurisdicción constitucional
3.5. La asimetría procesal de la ley autonómica ante el TC
4. LA OBJETIVACIÓN DEL RECURSO DE AMPARO:
4.1. Las causas de la reforma
4.2. La validez constitucional de la reforma
4.3. La aplicación jurisdiccional de la reforma
5. LOS CONFLICTOS DE COMPETENCIAS: LA JURISDICCIÓN CONSTITUCIONAL Y LA JURISDICCIÓN ORDINARIA
6. LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Y LA FUNCIÓN VOTO PARTICULAR:
6.1. La sentencia
6.2. El voto particular


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