Diccionario panhispánico del español jurídico

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Las sentencias del Tribunal Constitucional en los casos Bildu y Sortu y el fin de ciclo de la Ley Orgánica de Partidos Políticos. Propuestas de reforma

por Catalá I Bas, Alexandre H.

Artículo
ISSN: 1139-5583
Madrid UNED 2013
Ver otros artículos del mismo número: 31

Diez años de vigencia de la Ley Orgánica de Partidos Políticos (LOPP) han permitido acumular una amplia experiencia derivada de su aplicación. A lo largo de estos años, nos hemos encontrado con una variedad de estrategias fraudulentas por parte del ETA y su brazo político con el fin de estar presentes en las instituciones democráticas. A continuación se aborda el estudio de algunas de las cuestiones más importantes suscitadas alrededor de la aplicación de la LOPP. Con el caso Sortu podemos estar asistiendo al fin de ciclo de la LOPP. La Ley fue concebida para ilegalizar a aquellas formaciones políticas que apoyaban al terrorismo. Ha cumplido su cometido. Así parece entenderlo el propio Tribunal Constitucional que en la sentencia 138/2012, de 20 de junio, marca una hoja de ruta a este partido político para que en el futuro no sea ilegalizado. El Estado de Derecho ha de posibilitar que los que antes apoyaban a los terroristas puedan rectificar y puedan defender su proyecto por vías democráticas. Ha llegado el momento de reformar la Ley en aspectos tales como las previsiones relativas a la democracia interna de los partidos o la descripción de actividades racistas y xenófobas, inexistentes en la redacción actual, que pueden llevar a la ilegalización de un partido político.

Tabla de Contenidos

I. Un largo camino plagado de engaños hasta llegar a Sortu
II. Las sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional en los casos Bildu y Sortu. Se abre la polémica
III. Hoja de ruta de los partidos legalizados y fin de ciclo de la LOPP. Propuestas de reforma


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Diez años de vigencia de la Ley Orgánica de Partidos Políticos (LOPP) han permitido acumular una amplia experiencia derivada de su aplicación. A lo largo de estos años, nos hemos encontrado con una variedad de estrategias fraudulentas por parte del ETA y su brazo político con el fin de estar presentes en las instituciones democráticas. A continuación se aborda el estudio de algunas de las cuestiones más importantes suscitadas alrededor de la aplicación de la LOPP. Con el caso Sortu podemos estar asistiendo al fin de ciclo de la LOPP. La Ley fue concebida para ilegalizar a aquellas formaciones políticas que apoyaban al terrorismo. Ha cumplido su cometido. Así parece entenderlo el propio Tribunal Constitucional que en la sentencia 138/2012, de 20 de junio, marca una hoja de ruta a este partido político para que en el futuro no sea ilegalizado. El Estado de Derecho ha de posibilitar que los que antes apoyaban a los terroristas puedan rectificar y puedan defender su proyecto por vías democráticas. Ha llegado el momento de reformar la Ley en aspectos tales como las previsiones relativas a la democracia interna de los partidos o la descripción de actividades racistas y xenófobas, inexistentes en la redacción actual, que pueden llevar a la ilegalización de un partido político.

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I. Un largo camino plagado de engaños hasta llegar a Sortu
II. Las sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional en los casos Bildu y Sortu. Se abre la polémica
III. Hoja de ruta de los partidos legalizados y fin de ciclo de la LOPP. Propuestas de reforma


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