Diccionario panhispánico del español jurídico

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Nuevos enfoques de la independencia judicial. Dos puntas de iceberg en la reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial: la comisión permanente del CGPJ y el gabinete técnico del Tribunal Supremo

por Fernández Riveira, Rosa María

Artículo
ISSN: 1139-5583
Madrid UNED 2016
Ver otros artículos del mismo número: 38

Este trabajo estudia dos reformas concretas de la Ley orgánica del Poder Judicial que se producen en octubre de 2015: la Comisión Permanente, como órgano del Consejo que ve incrementado su número de vocales, sus competencias y que situado bajo la dirección del Presidente del Consejo ha ido creciendo en relevancia; y el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, que se regula también como órgano al servicio del Tribunal pero bajo la obediencia y dirección del Presidente. Un órgano que asume unas competencias muy importantes en un momento en el que se reforma la vieja casación pasando a ser un recurso determinado por el «interés casacional objetivo». Estos dos cambios, como puntas de iceberg, son el aviso de nuevos enfoques sobre planteamientos clásicos acerca de la independencia judicial tales como: las relaciones existentes entre el Consejo General del Poder judicial y el Tribunal Supremo, la presencia del elemento político en el corazón de la independencia judicial, la enorme relevancia de un proceso de selección de nuestros jueces justo, plural y confiable y la necesidad de articular mecanismos de responsabilidad judicial institucional e individual.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. La reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 2015: la Comisión Permanente del CGPJ
III. El nuevo gabinete técnico al servicio del Tribunal Supremo
IV. Reflexiones sobre la parte sumergida ¿un renovado enfoque de la independencia judicial?
V. Algunas conclusiones


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Este trabajo estudia dos reformas concretas de la Ley orgánica del Poder Judicial que se producen en octubre de 2015: la Comisión Permanente, como órgano del Consejo que ve incrementado su número de vocales, sus competencias y que situado bajo la dirección del Presidente del Consejo ha ido creciendo en relevancia; y el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, que se regula también como órgano al servicio del Tribunal pero bajo la obediencia y dirección del Presidente. Un órgano que asume unas competencias muy importantes en un momento en el que se reforma la vieja casación pasando a ser un recurso determinado por el «interés casacional objetivo». Estos dos cambios, como puntas de iceberg, son el aviso de nuevos enfoques sobre planteamientos clásicos acerca de la independencia judicial tales como: las relaciones existentes entre el Consejo General del Poder judicial y el Tribunal Supremo, la presencia del elemento político en el corazón de la independencia judicial, la enorme relevancia de un proceso de selección de nuestros jueces justo, plural y confiable y la necesidad de articular mecanismos de responsabilidad judicial institucional e individual.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. La reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial de 2015: la Comisión Permanente del CGPJ
III. El nuevo gabinete técnico al servicio del Tribunal Supremo
IV. Reflexiones sobre la parte sumergida ¿un renovado enfoque de la independencia judicial?
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