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Riesgo, desamparo y acogimiento de menores. Actuación de la administración e intereses en juego
En el presente trabajo se reflexiona sobre la indeterminación del concepto de desamparo, y su confusión con las situaciones de riesgo, las consecuencias de la atribución de la competencia a la Administración para su declaración y la relevancia que en ello adquiere la excesiva duración de los procesos, dada la naturaleza especial que los mismos tienen. Todo ello pese a los intentos correctores de las diferentes reformas operadas en la materia. Partiendo de que en todo el proceso ha de prevalecer el interés superior del menor, se analizan los cauces a través de los que se articula la protección de los padres o tutores así como la posición de los denominados "padres de acogida", tratando de poner de manifiesto las posibles incongruencias del sistema en el juego de los intereses contrapuestos existentes.
I. Introducción. Planteamiento del tema
II. Las situaciones de riesgo frente a la situación de desamparo
1. Delimitación legal de los supuestos y sus consecuencias
2. Competencia de la Administración para la declaración del desamparo
III. Posición de la jurisprudencia. Algunas decisiones controvertidas
1. Declaración de desamparo y acogimiento de dos menores sevillanos. La STC 124/2002, de 20 mayo, sus antecedentes y consecuencias posteriores
2. Declaración de desamparo y acogimiento de un menor. El interés superior del menor y el problema del retorno a la familia biológica (STS 31 julio 2009)
IV. El juego de intereses en tales procesos
1. El interés superior del menor
A. El problema de la reinmersión en la familia de acogida frente al retorno a la familia de origen
B. El transcurso del tiempo y el alejamiento de la familia de origen como condicionantes. Consecuencias del imposible retorno
2. La actuación de los padres o tutores ante la actuación de la Administración
3. ¿Y el interés de los acogedores?
- Formato: PDF
- Número de páginas: 48
En el presente trabajo se reflexiona sobre la indeterminación del concepto de desamparo, y su confusión con las situaciones de riesgo, las consecuencias de la atribución de la competencia a la Administración para su declaración y la relevancia que en ello adquiere la excesiva duración de los procesos, dada la naturaleza especial que los mismos tienen. Todo ello pese a los intentos correctores de las diferentes reformas operadas en la materia. Partiendo de que en todo el proceso ha de prevalecer el interés superior del menor, se analizan los cauces a través de los que se articula la protección de los padres o tutores así como la posición de los denominados "padres de acogida", tratando de poner de manifiesto las posibles incongruencias del sistema en el juego de los intereses contrapuestos existentes.
I. Introducción. Planteamiento del tema
II. Las situaciones de riesgo frente a la situación de desamparo
1. Delimitación legal de los supuestos y sus consecuencias
2. Competencia de la Administración para la declaración del desamparo
III. Posición de la jurisprudencia. Algunas decisiones controvertidas
1. Declaración de desamparo y acogimiento de dos menores sevillanos. La STC 124/2002, de 20 mayo, sus antecedentes y consecuencias posteriores
2. Declaración de desamparo y acogimiento de un menor. El interés superior del menor y el problema del retorno a la familia biológica (STS 31 julio 2009)
IV. El juego de intereses en tales procesos
1. El interés superior del menor
A. El problema de la reinmersión en la familia de acogida frente al retorno a la familia de origen
B. El transcurso del tiempo y el alejamiento de la familia de origen como condicionantes. Consecuencias del imposible retorno
2. La actuación de los padres o tutores ante la actuación de la Administración
3. ¿Y el interés de los acogedores?
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