Diccionario panhispánico del español jurídico

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La inmunidad del Estado y los bienes culturales

por Torrecuadrada García-Lozano, Soledad

Artículo
ISSN: 15758427
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En la actualidad, los préstamos de obras de arte entre museos son una materialización de la cooperación en materia cultural interestatal. En este contexto se han producido reclamaciones de piezas que conforman esas exposiciones temporales, encontrándose con el muro de las inmunidades del Estado prestador en el territorio del foro, en su doble vertiente: de jurisdicción y de ejecución. La inmunidad de los préstamos no es un nuevo tipo de inmunidad, sino una aplicación práctica de estas inmunidades conocidas que plantea, como las anteriores, la dependencia de la legislación interna del Estado en el que tiene lugar el procedimiento judicial. Los Estados, para evitarlo, suelen celebrar acuerdos bilaterales que les permiten blindar las colecciones que prestan. La consecuencia de estas prácticas pone en evidencia, una vez más, el difícil equilibrio entre las inmunidades del Estado y el derecho a la propiedad individual y el derecho a la tutela judicial efectiva; o entre el interés colectivo –la cooperación cultural– y el individual –la recuperación de la posesión del bien–.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. La inmunidad de jurisdicción y de ejecución del Estado extranjero
1. La inmunidad de jurisdicción
2. La inmunidad de ejecución
III. La inmunidad de los bienes artísticos en préstamo
1. Cuestiones previas
2. La jurisprudencia de los tribunales nacionales
3. La jurisprudencia de los tribunales internacionales
IV. Conclusiones


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  • Número de páginas: 27

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En la actualidad, los préstamos de obras de arte entre museos son una materialización de la cooperación en materia cultural interestatal. En este contexto se han producido reclamaciones de piezas que conforman esas exposiciones temporales, encontrándose con el muro de las inmunidades del Estado prestador en el territorio del foro, en su doble vertiente: de jurisdicción y de ejecución. La inmunidad de los préstamos no es un nuevo tipo de inmunidad, sino una aplicación práctica de estas inmunidades conocidas que plantea, como las anteriores, la dependencia de la legislación interna del Estado en el que tiene lugar el procedimiento judicial. Los Estados, para evitarlo, suelen celebrar acuerdos bilaterales que les permiten blindar las colecciones que prestan. La consecuencia de estas prácticas pone en evidencia, una vez más, el difícil equilibrio entre las inmunidades del Estado y el derecho a la propiedad individual y el derecho a la tutela judicial efectiva; o entre el interés colectivo –la cooperación cultural– y el individual –la recuperación de la posesión del bien–.

Tabla de Contenidos

I. Introducción
II. La inmunidad de jurisdicción y de ejecución del Estado extranjero
1. La inmunidad de jurisdicción
2. La inmunidad de ejecución
III. La inmunidad de los bienes artísticos en préstamo
1. Cuestiones previas
2. La jurisprudencia de los tribunales nacionales
3. La jurisprudencia de los tribunales internacionales
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