Diccionario panhispánico del español jurídico

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La historia interminable de la igualdad entre mujeres y hombres en las relaciones de trabajo

por Valdeolivas García, Yolanda

Artículo
ISSN: 15758427
Ver otros artículos del mismo número: 13

La igualdad es un elemento constitutivo del valor de justicia, que se encuentra en la base del principio de libertad y dignidad humana. Sobre dicha premisa, y en más concreta relación con el sexo, como elemento diferenciador que impide alcanzar la igualdad sustancial entre mujeres y hombres, no puede dejar de señalarse que el mismo constituye la causa de desigualdad más extendida y universal, produciendo una situación de genuina marginación de la mujer en todos los ámbitos de la vida que impiden su acceso a las diversas esferas de actuación pública y privada, conformado un grave déficit democrático que perdura y se mantiene visible a pesar de los innegables avances constatados. Ello provoca una clara segregación de mujeres y hombres que, sin negar la necesidad de mantener ciertas diferencias entre ambos a veces por factores intrínsecamente ligados al sexo y otras como garantía de la igualdad material, ahonda en otras muchas diferencias biológica y jurídicamente injustificadas. De ahí lo insuficiente de aplicar en este ámbito un mero tratamiento igualitario o de tutela antidiscriminatoria por razón de sexo, que ignora o no responde de manera integral a una realidad crónica que distingue entre mujeres y hombres y que actúa a modo de barrera invisible que impide alcanzar un verdadero equilibrio en sus respectivas posiciones a todos los niveles y en todos los ámbitos. […]

Tabla de Contenidos

I. DEL SIGNIFICADO ACTUAL DE LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y SU ESPECIAL INCIDENCIA EN LAS RELACIONES LABORALES
II. LAS TÉCNICAS JURÍDICAS PUESTAS AL SERVICIO DE LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN EL ÁMBITO LABORAL
A) LA PROHIBICIÓN DE DISCRIMINAR Y LA TUTELA ANTIDISCRIMINATORIA
B) LOS DERECHOS DE PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD Y DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL
C) LAS MEDIDAS O ACCIONES POSITIVAS: EL CONVENIO COLECTIVO COMO FUENTE PARA SU IMPLANTACIÓN EN EL ÁMBITO LABORAL
D) LA DISCRIMINACIÓN INDIRECTA Y SU ¿DISIMULADA? PRESENCIA EN EL SISTEMA JURÍDICO LABORAL
III. CONCLUSIÓN BREVE


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La igualdad es un elemento constitutivo del valor de justicia, que se encuentra en la base del principio de libertad y dignidad humana. Sobre dicha premisa, y en más concreta relación con el sexo, como elemento diferenciador que impide alcanzar la igualdad sustancial entre mujeres y hombres, no puede dejar de señalarse que el mismo constituye la causa de desigualdad más extendida y universal, produciendo una situación de genuina marginación de la mujer en todos los ámbitos de la vida que impiden su acceso a las diversas esferas de actuación pública y privada, conformado un grave déficit democrático que perdura y se mantiene visible a pesar de los innegables avances constatados. Ello provoca una clara segregación de mujeres y hombres que, sin negar la necesidad de mantener ciertas diferencias entre ambos a veces por factores intrínsecamente ligados al sexo y otras como garantía de la igualdad material, ahonda en otras muchas diferencias biológica y jurídicamente injustificadas. De ahí lo insuficiente de aplicar en este ámbito un mero tratamiento igualitario o de tutela antidiscriminatoria por razón de sexo, que ignora o no responde de manera integral a una realidad crónica que distingue entre mujeres y hombres y que actúa a modo de barrera invisible que impide alcanzar un verdadero equilibrio en sus respectivas posiciones a todos los niveles y en todos los ámbitos. […]

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I. DEL SIGNIFICADO ACTUAL DE LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES Y SU ESPECIAL INCIDENCIA EN LAS RELACIONES LABORALES
II. LAS TÉCNICAS JURÍDICAS PUESTAS AL SERVICIO DE LA IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES EN EL ÁMBITO LABORAL
A) LA PROHIBICIÓN DE DISCRIMINAR Y LA TUTELA ANTIDISCRIMINATORIA
B) LOS DERECHOS DE PROTECCIÓN DE LA MATERNIDAD Y DE CONCILIACIÓN DE LA VIDA FAMILIAR Y LABORAL
C) LAS MEDIDAS O ACCIONES POSITIVAS: EL CONVENIO COLECTIVO COMO FUENTE PARA SU IMPLANTACIÓN EN EL ÁMBITO LABORAL
D) LA DISCRIMINACIÓN INDIRECTA Y SU ¿DISIMULADA? PRESENCIA EN EL SISTEMA JURÍDICO LABORAL
III. CONCLUSIÓN BREVE


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