Diccionario panhispánico del español jurídico

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La Justicia como igualdad

por Ruiz Miguel, Alfonso

Artículo
ISSN: 15758427
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Cuando en la Ética nicomáquea Aristóteles dijo que "lo justo es lo legal y lo equitativo" (1129ab) estaba comenzando a asentar una tradición filosófica que hasta hoy mismo viene entendiendo la noción de justicia en dos sentidos diferentes. En el primero, aparentemente el más amplio, la justicia se manifiesta como orden u organización social conforme a reglas y viene a configurarse como el principio propio de una sociedad bien ordenada. En el segundo, aparentemente más estricto y simple, la justicia se presenta como igualdad. Aunque diferentes, no hay que presuponer necesariamente que estos dos significados sean completamente distintos y, todavía menos, incompatibles entre sí. No lo eran en la visión aristotélica y, dando un salto hasta hoy, aparecen como conjuntamente integrados en una teoría como la de John Rawls, cuyos dos principios de justicia para una sociedad bien ordenada son, por reducirlos a dos palabras, el de libertad y el de igualdad; como también aparecen integrados, por hacer referencia a una visión muy influyente en una buena parte de la actual filosofía del Derecho española, en la concepción de Norberto Bobbio, donde la justicia se concreta en los valores de seguridad, libertad e igualdad. […]

Tabla de Contenidos

1. Introducción
2. La igualdad ante la ley
3. La igualdad de oportunidades
4. La igualdad de resultados


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Cuando en la Ética nicomáquea Aristóteles dijo que "lo justo es lo legal y lo equitativo" (1129ab) estaba comenzando a asentar una tradición filosófica que hasta hoy mismo viene entendiendo la noción de justicia en dos sentidos diferentes. En el primero, aparentemente el más amplio, la justicia se manifiesta como orden u organización social conforme a reglas y viene a configurarse como el principio propio de una sociedad bien ordenada. En el segundo, aparentemente más estricto y simple, la justicia se presenta como igualdad. Aunque diferentes, no hay que presuponer necesariamente que estos dos significados sean completamente distintos y, todavía menos, incompatibles entre sí. No lo eran en la visión aristotélica y, dando un salto hasta hoy, aparecen como conjuntamente integrados en una teoría como la de John Rawls, cuyos dos principios de justicia para una sociedad bien ordenada son, por reducirlos a dos palabras, el de libertad y el de igualdad; como también aparecen integrados, por hacer referencia a una visión muy influyente en una buena parte de la actual filosofía del Derecho española, en la concepción de Norberto Bobbio, donde la justicia se concreta en los valores de seguridad, libertad e igualdad. […]

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