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Orden europea de investigación: próxima implementación en España del nuevo instrumento de obtención de prueba penal transfronteriza
El pasado 22 de mayo de 2017 venció el plazo de transposición de la Directiva 2014/41/CE relativa a la orden europea de investigación en materia penal, incumplido por España. El objetivo de este nuevo instrumento de reconocimiento mutuo es acabar con la fragmentaria regulación vigente para facilitar y agilizar la obtención y transmisión de pruebas entre los Estados miembros de la UE. Este artículo analiza el contenido de esta directiva y pretende valorar la adecuación del Anteproyecto de ley español para su implementación, que acaba de ser presentado, en julio de 2017.
I. INTRODUCCIÓN. REGULACIÓN Y PRECEDENTES
II. CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS
III. ÁMBITO DE APLICACIÓN TEMPORAL. RÉGIMEN TRANSITORIO Y PROBLEMAS DE LA FALTA DE TRANSPOSICIÓN EN PLAZO. IV. ÁMBITO DE APLICACIÓN OBJETIVO:
1. Medidas que pueden solicitarse
2. Procedimientos en que puede adoptarse una OEI
V. AUTORIDADES COMPETENTES:
1. Autoridad de emisión
2. Autoridad de ejecución
3. Autoridad central
VI. PRESUPUESTOS Y CONTENIDO DE LA OEI. VII. EMISIÓN DE LA OEI:
1. Eventual solicitud de parte
2. Documentación de la OEI
3. Transmisión
4. Actuaciones ulteriores
5. Admisibilidad de la prueba obtenida por medio de la OEI
VIII. EJECUCIÓN DE LA OEI:
1. Reconocimiento y ejecución
2. Reconocimiento pero no ejecución
3. Denegación del reconcocimiento
IX. A MODO DE CONCLUSIONES
- Formato: PDF
- Número de páginas: 35
El pasado 22 de mayo de 2017 venció el plazo de transposición de la Directiva 2014/41/CE relativa a la orden europea de investigación en materia penal, incumplido por España. El objetivo de este nuevo instrumento de reconocimiento mutuo es acabar con la fragmentaria regulación vigente para facilitar y agilizar la obtención y transmisión de pruebas entre los Estados miembros de la UE. Este artículo analiza el contenido de esta directiva y pretende valorar la adecuación del Anteproyecto de ley español para su implementación, que acaba de ser presentado, en julio de 2017.
I. INTRODUCCIÓN. REGULACIÓN Y PRECEDENTES
II. CONCEPTO Y CARACTERÍSTICAS
III. ÁMBITO DE APLICACIÓN TEMPORAL. RÉGIMEN TRANSITORIO Y PROBLEMAS DE LA FALTA DE TRANSPOSICIÓN EN PLAZO. IV. ÁMBITO DE APLICACIÓN OBJETIVO:
1. Medidas que pueden solicitarse
2. Procedimientos en que puede adoptarse una OEI
V. AUTORIDADES COMPETENTES:
1. Autoridad de emisión
2. Autoridad de ejecución
3. Autoridad central
VI. PRESUPUESTOS Y CONTENIDO DE LA OEI. VII. EMISIÓN DE LA OEI:
1. Eventual solicitud de parte
2. Documentación de la OEI
3. Transmisión
4. Actuaciones ulteriores
5. Admisibilidad de la prueba obtenida por medio de la OEI
VIII. EJECUCIÓN DE LA OEI:
1. Reconocimiento y ejecución
2. Reconocimiento pero no ejecución
3. Denegación del reconcocimiento
IX. A MODO DE CONCLUSIONES
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