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La vulnerabilidad como categoría en construcción en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos: límites y potencialidad
Aunque el discurso de la vulnerabilidad es cada vez más frecuente en jurisprudencia, convenciones y recomendaciones internacionales, su significado está aún lejos de ser unívoco y coherente. Este trabajo analiza el concepto a de la vulnerabilidad en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de los últimos quince años. El objetivo es contribuir al debate académico sobre la vulnerabilidad como categoría que permite relacionar las violaciones de derechos humanos con sus causas estructurales en la praxis judicial, abriendo el camino hacía una protección sustantiva de los derechos humanos. Se destacan dos límites fundamentales del concepto de vulnerabilidad manejado por el TEDH: por un lado, la falta general de medidas positivas requeridas al Estado condenado y, por el otro, el uso de una noción naturalizada y homogeneizadora de grupo vulnerable. Finalmente, a través del análisis de la categoría de "vulnerabilidad específica", se identifica en el enfoque de la interseccionalidad un criterio interpretativo útil para explotar la potencialidad del concepto de vulnerabilidad en la praxis judicial del Consejo de Europa.
I. INTRODUCCIÓN
II. LA EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO DE GRUPOS Y PERSONAS VULNERABLES EN LA JURISPRUDENCIA RECIENTE DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
III. LA VULNERABILIDAD ENTRE LAS CAUSAS ESTRUCTURALES DE LA DISCRIMINACIÓN Y LA CONTROVERTIDA DEFINICIÓN DE "GRUPO SOCIAL"
IV. EL ENFOQUE DE LA INTERSECCIONALIDAD Y LA "VULNERABILIDAD ESPECÍFICA"
V. CONCLUSIONES
- Formato: PDF
- Número de páginas: 23
Aunque el discurso de la vulnerabilidad es cada vez más frecuente en jurisprudencia, convenciones y recomendaciones internacionales, su significado está aún lejos de ser unívoco y coherente. Este trabajo analiza el concepto a de la vulnerabilidad en la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de los últimos quince años. El objetivo es contribuir al debate académico sobre la vulnerabilidad como categoría que permite relacionar las violaciones de derechos humanos con sus causas estructurales en la praxis judicial, abriendo el camino hacía una protección sustantiva de los derechos humanos. Se destacan dos límites fundamentales del concepto de vulnerabilidad manejado por el TEDH: por un lado, la falta general de medidas positivas requeridas al Estado condenado y, por el otro, el uso de una noción naturalizada y homogeneizadora de grupo vulnerable. Finalmente, a través del análisis de la categoría de "vulnerabilidad específica", se identifica en el enfoque de la interseccionalidad un criterio interpretativo útil para explotar la potencialidad del concepto de vulnerabilidad en la praxis judicial del Consejo de Europa.
I. INTRODUCCIÓN
II. LA EVOLUCIÓN DEL CONCEPTO DE GRUPOS Y PERSONAS VULNERABLES EN LA JURISPRUDENCIA RECIENTE DEL TRIBUNAL EUROPEO DE DERECHOS HUMANOS
III. LA VULNERABILIDAD ENTRE LAS CAUSAS ESTRUCTURALES DE LA DISCRIMINACIÓN Y LA CONTROVERTIDA DEFINICIÓN DE "GRUPO SOCIAL"
IV. EL ENFOQUE DE LA INTERSECCIONALIDAD Y LA "VULNERABILIDAD ESPECÍFICA"
V. CONCLUSIONES
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