Diccionario panhispánico del español jurídico

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On the scope of EU's exclusive competence after the Lisbon Treaty. Comment of the Opinion 1/13 of the Court (Grand Chamber) of 14 October 2014 on Convention on the Civil Aspects of International Child Abduction

por Delgado Casteleiro, Andrés

Artículo
ISSN: 1138-4026
Ver otros artículos del mismo número: 51

El presente comentario examina a la luz del Dictamen 1/13 el alcance de las competencias exclusivas de carácter implícito tras su codificación en el artículo 3 (2) TFUE. En concreto, este trabajo se centra en comprobar si la jurisprudencia sobre competencias exclusivas implícitas sigue siendo aplicada del mismo modo tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa en relación con la Convención de La Haya de 1980 sobre secuestro internacional de menores. Igualmente, este comentario analiza hasta que punto las declaraciones de aceptación de la adhesión de un Estado a la Convención de La Haya de 1980 son un elemento constitutivo de un acuerdo internacional cubierto por una competencia exclusiva de carácter implícito en el sentido del efecto ERTA. En primer lugar, este trabajo demuestra como el TJ sigue aplicando una concepción amplia y no formalista de qué constituye un acuerdo internacional. En segundo lugar, el comentario analiza cómo el efecto ERTA continua teniendo un alcance amplio en la línea del Dictamen 1/03. Finalmente, este comentario discute como la aplicación del efecto ERTA y su impredecible resultado continúa siendo problemático.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCTION
II. THE CONTEXT OF THE OPINION
III. THE CONCEPT OF INTERNATIONAL AGREEMENT AND THE ADMISSIBILITY OF THE REQUEST FOR AN OPINION
IV. IMPLIED EXTERNAL POWERS AND BRUSSELS IIA REGULATION:
1. ARTICLE 3 (2) TFEU A NEW ERA FOR THE CASE LAW ON EXCLUSIVE IMPLIED COMPETENCES?
2. THE APPLICATION OF THE ERTA PRINCIPLE TO THE 1980 HAGUE CONVENTION
V. CONCLUSION


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El presente comentario examina a la luz del Dictamen 1/13 el alcance de las competencias exclusivas de carácter implícito tras su codificación en el artículo 3 (2) TFUE. En concreto, este trabajo se centra en comprobar si la jurisprudencia sobre competencias exclusivas implícitas sigue siendo aplicada del mismo modo tras la entrada en vigor del Tratado de Lisboa en relación con la Convención de La Haya de 1980 sobre secuestro internacional de menores. Igualmente, este comentario analiza hasta que punto las declaraciones de aceptación de la adhesión de un Estado a la Convención de La Haya de 1980 son un elemento constitutivo de un acuerdo internacional cubierto por una competencia exclusiva de carácter implícito en el sentido del efecto ERTA. En primer lugar, este trabajo demuestra como el TJ sigue aplicando una concepción amplia y no formalista de qué constituye un acuerdo internacional. En segundo lugar, el comentario analiza cómo el efecto ERTA continua teniendo un alcance amplio en la línea del Dictamen 1/03. Finalmente, este comentario discute como la aplicación del efecto ERTA y su impredecible resultado continúa siendo problemático.

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I. INTRODUCTION
II. THE CONTEXT OF THE OPINION
III. THE CONCEPT OF INTERNATIONAL AGREEMENT AND THE ADMISSIBILITY OF THE REQUEST FOR AN OPINION
IV. IMPLIED EXTERNAL POWERS AND BRUSSELS IIA REGULATION:
1. ARTICLE 3 (2) TFEU A NEW ERA FOR THE CASE LAW ON EXCLUSIVE IMPLIED COMPETENCES?
2. THE APPLICATION OF THE ERTA PRINCIPLE TO THE 1980 HAGUE CONVENTION
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