Diccionario panhispánico del español jurídico

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La devaluación de las garantías del empleo: el reducido control de la decisión unilateral del empresario Monográfico: Después de la tormenta: balance de las reformas laborales de la crisis (2010-2019)

por Cabeza Pereiro, Jaime

Artículo
ISSN: 1131-8635
Ver otros artículos del mismo número: Vol. 40 Núm. 1 (2022)

Las reformas de 2010 y de 2012 han cambiado profundamente las reglas sobre protección del empleo. El efecto combinado de las dos consiste en una disminución de las garantías de las personas trabajadoras, que ahora están mucho más expuestas a decisiones extintivas del contrato, procedentes e improcedentes. En cuanto al despido disciplinario, las nuevas normativas han facilitado el despido improcedente, mediante una serie de cambios que, en términos generales, disminuyen la indemnización e incentivan que las empresas opten por la extinción del contrato y no por la readmisión. Por lo que respecta al despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, las novedades han consistido en reducir la intensidad de las mismas y en remover garantías de procedimiento muy variadas. En este artículo, se desarrolla un comentario crítico de ambas reformas, centrado en el período transcurrido entre 2010 y 2019.

Tabla de Contenidos

1. Ideas iniciales
2. El despido disciplinario en su evolución reciente:
2.1. El papel desviado del despido disciplinario y el debate consecuente del contrato único
2.2. La indemnización o la readmisión como parte de la obligación alternativa en el despido improcedente
2.3. Los salarios de tramitación como la otra parte de dicha obligación
2.4 La doctrina del Tribunal Constitucional
2.5. La jurisprudencia ordinaria
2.6. Recapitulación
3. El despido por causas objetivas y el despido colectivo:
3.1. El ámbito causal
3.2. El ámbito del procedimiento, los actores y los efectos
3.3 Recapitulación


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Las reformas de 2010 y de 2012 han cambiado profundamente las reglas sobre protección del empleo. El efecto combinado de las dos consiste en una disminución de las garantías de las personas trabajadoras, que ahora están mucho más expuestas a decisiones extintivas del contrato, procedentes e improcedentes. En cuanto al despido disciplinario, las nuevas normativas han facilitado el despido improcedente, mediante una serie de cambios que, en términos generales, disminuyen la indemnización e incentivan que las empresas opten por la extinción del contrato y no por la readmisión. Por lo que respecta al despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, las novedades han consistido en reducir la intensidad de las mismas y en remover garantías de procedimiento muy variadas. En este artículo, se desarrolla un comentario crítico de ambas reformas, centrado en el período transcurrido entre 2010 y 2019.

Tabla de Contenidos

1. Ideas iniciales
2. El despido disciplinario en su evolución reciente:
2.1. El papel desviado del despido disciplinario y el debate consecuente del contrato único
2.2. La indemnización o la readmisión como parte de la obligación alternativa en el despido improcedente
2.3. Los salarios de tramitación como la otra parte de dicha obligación
2.4 La doctrina del Tribunal Constitucional
2.5. La jurisprudencia ordinaria
2.6. Recapitulación
3. El despido por causas objetivas y el despido colectivo:
3.1. El ámbito causal
3.2. El ámbito del procedimiento, los actores y los efectos
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