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La identidad de las condiciones de trabajo de los funcionarios interinos con los funcionarios de carrera tras la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público
El estudio que se presenta trata de poner de manifiesto que, tras la aprobación de la nueva normativa de reducción de la temporalidad en el empleo público, la tendencia a la que hemos asistido en los últimos años de igualar determinadas condiciones de trabajo de los funcionarios interinos con los funcionarios de carrera puede haber dejado de tener sentido ya que si, efectivamente, se reduce la temporalidad y no transcurren más de tres años desde el nombramiento de los interinos no parece que, siendo la principal causa de la misma el abuso en la situación de temporalidad, deba mantenerse en algunos casos contra natura. En cualquier caso, dicha tendencia sigue ausente de criterios, más allá de los conceptos jurídicos indeterminados utilizados legalmente, que permitan delimitar más exactamente el alcance y concreción de lo que significa una desigualdad en las condiciones de trabajo.
I. Introducción: las condiciones de trabajo del personal interino a debate
II. La equiparación de las condiciones de trabajo de los funcionarios interinos con los funcionarios de carrera en la jurisprudencia del tribunal de justicia
1. Ámbito salarial: reconocimiento del derecho a percibir trienios
2. Jornada de trabajo
3. Carrera profesional: complementos retributivos y reconocimiento de servicios previos para el ejercicio del derecho a la promoción interna
4. Situaciones administrativas
III. La igualación de las condiciones de empleo por los tribunales españoles
IV. Las carencias de la normativa sobre la temporalidad en el empleo público: una cuestión históricamente no resuelta por la legislación
V. Consideraciones finales
- Formato: PDF
- Número de páginas: 52
El estudio que se presenta trata de poner de manifiesto que, tras la aprobación de la nueva normativa de reducción de la temporalidad en el empleo público, la tendencia a la que hemos asistido en los últimos años de igualar determinadas condiciones de trabajo de los funcionarios interinos con los funcionarios de carrera puede haber dejado de tener sentido ya que si, efectivamente, se reduce la temporalidad y no transcurren más de tres años desde el nombramiento de los interinos no parece que, siendo la principal causa de la misma el abuso en la situación de temporalidad, deba mantenerse en algunos casos contra natura. En cualquier caso, dicha tendencia sigue ausente de criterios, más allá de los conceptos jurídicos indeterminados utilizados legalmente, que permitan delimitar más exactamente el alcance y concreción de lo que significa una desigualdad en las condiciones de trabajo.
I. Introducción: las condiciones de trabajo del personal interino a debate
II. La equiparación de las condiciones de trabajo de los funcionarios interinos con los funcionarios de carrera en la jurisprudencia del tribunal de justicia
1. Ámbito salarial: reconocimiento del derecho a percibir trienios
2. Jornada de trabajo
3. Carrera profesional: complementos retributivos y reconocimiento de servicios previos para el ejercicio del derecho a la promoción interna
4. Situaciones administrativas
III. La igualación de las condiciones de empleo por los tribunales españoles
IV. Las carencias de la normativa sobre la temporalidad en el empleo público: una cuestión históricamente no resuelta por la legislación
V. Consideraciones finales
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