Diccionario panhispánico del español jurídico

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Seguridad Social aplicable en el teletrabajo internacional postpandémico y en el caso específico del nomadismo digital

por Carrascosa Bermejo, Dolores

Artículo
ISSN: 2660-7360
Ver otros artículos del mismo número: Vol. 4 Núm. 1 (2023)

Este artículo aborda los últimos avances en la determinación de la legislación de Seguridad Social aplicable al teletrabajador internacional interactivo postpandémico, deteniéndose también en la situación de los nómadas digitales. La ausencia de normativa ad-hoc se ha intentado solventar en la UE con Notas Orientativas de la Comisión Administrativa, como la nº 125/2022, que facilitan las decisiones empresariales mediante la reinterpretación de las normas de conflicto que exceptúan la regla general o la lex loci laboris: la de desplazamiento, la multi-Estado o los propios acuerdos entre Estados miembros. Frente a estas soluciones no normativas de urgencia, el artículo aboga por una reinterpretación de la lex loci laboris que vincule al teletrabajo interactivo, por regla general, a la ley del Estado sonde se ubica el empleador.

Tabla de Contenidos

1. Introducción:
1.1. Ausencia de regulación específica y soluciones soft law en la UE
1.2. Carencias estadísticas, tipos de teletrabajo internacional y la respuesta empresarial
1.3. Nómadas digitales
2. El teletrabajo pandémico en la UE (de 02/2020 a 30/06/2022)
3. El teletrabajo postpandémico transitorio en la UE (de 01/07/2022 a 30/06/2023):
3.1. Objetivo de la Nota Orientativa CA nº 125/2022 y ámbito de aplicación temporal
3.2. Tipo de teletrabajo afectado por la Nota Orientativa nº 125/2022
3.3. Ley aplicable al teletrabajo internacional puntual: la norma de conflicto sobre desplazamiento
3.4. Ley aplicable al teletrabajo híbrido: la norma de conflicto multi-Estado
3.5. Los acuerdos entre Estados miembros en beneficio del teletrabajador
4. Teletrabajo postpandémico definitivo y la interpretación de la lex loci laboris en caso de teletrabajo interactivo
5. Conclusiones


  • Formato: PDF
  • Número de páginas: 34

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Este artículo aborda los últimos avances en la determinación de la legislación de Seguridad Social aplicable al teletrabajador internacional interactivo postpandémico, deteniéndose también en la situación de los nómadas digitales. La ausencia de normativa ad-hoc se ha intentado solventar en la UE con Notas Orientativas de la Comisión Administrativa, como la nº 125/2022, que facilitan las decisiones empresariales mediante la reinterpretación de las normas de conflicto que exceptúan la regla general o la lex loci laboris: la de desplazamiento, la multi-Estado o los propios acuerdos entre Estados miembros. Frente a estas soluciones no normativas de urgencia, el artículo aboga por una reinterpretación de la lex loci laboris que vincule al teletrabajo interactivo, por regla general, a la ley del Estado sonde se ubica el empleador.

Tabla de Contenidos

1. Introducción:
1.1. Ausencia de regulación específica y soluciones soft law en la UE
1.2. Carencias estadísticas, tipos de teletrabajo internacional y la respuesta empresarial
1.3. Nómadas digitales
2. El teletrabajo pandémico en la UE (de 02/2020 a 30/06/2022)
3. El teletrabajo postpandémico transitorio en la UE (de 01/07/2022 a 30/06/2023):
3.1. Objetivo de la Nota Orientativa CA nº 125/2022 y ámbito de aplicación temporal
3.2. Tipo de teletrabajo afectado por la Nota Orientativa nº 125/2022
3.3. Ley aplicable al teletrabajo internacional puntual: la norma de conflicto sobre desplazamiento
3.4. Ley aplicable al teletrabajo híbrido: la norma de conflicto multi-Estado
3.5. Los acuerdos entre Estados miembros en beneficio del teletrabajador
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