Diccionario panhispánico del español jurídico

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A vueltas con la desconexión digital: eficacia y garantías de lege lata

por Altés Tárrega, Juan Antonio

Artículo
ISSN: 2660-7360
Otros Autores: Yagüe Blanco, Sergio
Ver otros artículos del mismo número: Vol. 1 Núm. 2 (2020)

Mediante el presente estudio tratamos de reconstruir y analizar el régimen jurídico de la “desconexión digital” a partir de los escasos datos normativos y de las aportaciones doctrinales precedentes. Nuestra postura parte de la tesis de que, a pesar de que la labor del legislador orgánico no ha sido impecable, todavía la regulación cuenta con un margen interpretativo desde el que puede reivindicarse su efectividad para garantizar la tutela de los derechos laborales imbricados. E n fin, incorporamos una breve aproximación a la desconexión en relación con el teletrabajo habida cuenta de su mayor implantación desde el comienzo de la crisis del COVID-19.

Tabla de Contenidos

1. Consideraciones previas
2. La protección legal del derecho a la desconexión: el contenido del derecho y las obligaciones resultantes
2.1. Los bienes jurídicos protegidos tras la LOPDP
2.2. La configuración del derecho en el art. 20 bis ET y 88.1 LOPDP
3. Instrumentalización de la desconexión digital a través de la Negociación colectiva
3.1. Consideraciones generales
3.2. El contenido de la regulación: la modelación y modulación del derecho
3.3. El alcance y significado del art. 91 LOPDP en relación a la desconexión digital
4. El protocolo empresarial de desconexión digital
4.1. Alcance del deber empresarial de elaborar una política interna de desconexión
4.2. La política interna como deber específico de prevención de riesgos laborales
4.3. Contenido material del protocolo interno
5. Régimen sancionador
6. Consideraciones finales


  • Formato: PDF
  • Número de páginas: 27

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Mediante el presente estudio tratamos de reconstruir y analizar el régimen jurídico de la “desconexión digital” a partir de los escasos datos normativos y de las aportaciones doctrinales precedentes. Nuestra postura parte de la tesis de que, a pesar de que la labor del legislador orgánico no ha sido impecable, todavía la regulación cuenta con un margen interpretativo desde el que puede reivindicarse su efectividad para garantizar la tutela de los derechos laborales imbricados. E n fin, incorporamos una breve aproximación a la desconexión en relación con el teletrabajo habida cuenta de su mayor implantación desde el comienzo de la crisis del COVID-19.

Tabla de Contenidos

1. Consideraciones previas
2. La protección legal del derecho a la desconexión: el contenido del derecho y las obligaciones resultantes
2.1. Los bienes jurídicos protegidos tras la LOPDP
2.2. La configuración del derecho en el art. 20 bis ET y 88.1 LOPDP
3. Instrumentalización de la desconexión digital a través de la Negociación colectiva
3.1. Consideraciones generales
3.2. El contenido de la regulación: la modelación y modulación del derecho
3.3. El alcance y significado del art. 91 LOPDP en relación a la desconexión digital
4. El protocolo empresarial de desconexión digital
4.1. Alcance del deber empresarial de elaborar una política interna de desconexión
4.2. La política interna como deber específico de prevención de riesgos laborales
4.3. Contenido material del protocolo interno
5. Régimen sancionador
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