Diccionario panhispánico del español jurídico

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Visión panóptica de los diferentes "trabajos" en prisión

por Arias Domínguez, Ángel

Artículo
ISSN: 27927970
Madrid Ediciones Laborum 2021
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El trabajo aborda el régimen jurídico -netamente penitenciario- que disciplina los diferentes trabajos que se desarrollan en prisión: prestaciones personales obligatorias; trabajo productivo (en régimen laboral común, mediante fórmulas cooperativas, y a través de la relación laboral especial penitenciaria); actividades terapéuticas, formativas, de estudio, y artesanales, intelectuales y artísticas; y los Trabajos ocupacionales, así como las diversas formas que tiene la Administración Penitenciaria de organizarlos y las posibilidades de control jurisdiccional de dicha decisión.

Tabla de Contenidos

1. LOS DATOS DE TRABAJADORES EN PRISIÓN
2. EL DESLAVAZADO PANORAMA LEGISLATIVO
3. LOS DIFERENTES ‘TRABAJOS’ EN PRISIÓN
3.1. Prestaciones personales obligatorias
3.2. Trabajo productivo
3.2.1. En régimen laboral común
3.2.1.1. Dentro del establecimiento penitenciario
3.2.1.2. Fuera del establecimiento penitenciario
3.2.1.2.1. Las limitaciones que impone el Convenio núm. 29 de la Organización Internacional del Trabajo
3.2.1.2.2. El (escaso y deficiente) desarrollo reglamentario del trabajo en régimen abierto
3.2.1.2.3. Las limitaciones al trabajo impuestas por la normativa laboral especial penitenciaria
3.2.2. La actividad productiva mediante fórmulas cooperativas
3.2.3. La relación laboral especial penitenciaria
3.3. Las actividades terapéuticas, formativas, de estudio, y artesanales, intelectuales y artísticas
3.4. Trabajos ocupacionales
4. LOS CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN DE LAS DIVERSAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS
5. LA DETERMINACIÓN DE LAS MODALIDADES DE ACTIVIDAD: ¿ES UNA DECISIÓN CONTROLABLE JURISDICCIONALMENTE?
6. CONCLUSIONES


  • Formato: PDF
  • Número de páginas: 25

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El trabajo aborda el régimen jurídico -netamente penitenciario- que disciplina los diferentes trabajos que se desarrollan en prisión: prestaciones personales obligatorias; trabajo productivo (en régimen laboral común, mediante fórmulas cooperativas, y a través de la relación laboral especial penitenciaria); actividades terapéuticas, formativas, de estudio, y artesanales, intelectuales y artísticas; y los Trabajos ocupacionales, así como las diversas formas que tiene la Administración Penitenciaria de organizarlos y las posibilidades de control jurisdiccional de dicha decisión.

Tabla de Contenidos

1. LOS DATOS DE TRABAJADORES EN PRISIÓN
2. EL DESLAVAZADO PANORAMA LEGISLATIVO
3. LOS DIFERENTES ‘TRABAJOS’ EN PRISIÓN
3.1. Prestaciones personales obligatorias
3.2. Trabajo productivo
3.2.1. En régimen laboral común
3.2.1.1. Dentro del establecimiento penitenciario
3.2.1.2. Fuera del establecimiento penitenciario
3.2.1.2.1. Las limitaciones que impone el Convenio núm. 29 de la Organización Internacional del Trabajo
3.2.1.2.2. El (escaso y deficiente) desarrollo reglamentario del trabajo en régimen abierto
3.2.1.2.3. Las limitaciones al trabajo impuestas por la normativa laboral especial penitenciaria
3.2.2. La actividad productiva mediante fórmulas cooperativas
3.2.3. La relación laboral especial penitenciaria
3.3. Las actividades terapéuticas, formativas, de estudio, y artesanales, intelectuales y artísticas
3.4. Trabajos ocupacionales
4. LOS CRITERIOS DE ORGANIZACIÓN DE LAS DIVERSAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS
5. LA DETERMINACIÓN DE LAS MODALIDADES DE ACTIVIDAD: ¿ES UNA DECISIÓN CONTROLABLE JURISDICCIONALMENTE?
6. CONCLUSIONES


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