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La financiación de la Iglesia Católica a través del sistema fiscal estatal y su adecuación al marco constitucional Monográfico. En defensa de la Constitución de todos
La financiación de la Iglesia Católica a través del sistema fiscal ha sido una cuestión tradicionalmente polémica, pues en ella se entremezcla lo jurídico con otros aspectos que recaen sobre uno de los ámbitos más íntimos de la persona, como es la religiosidad o las creencias, planteándose numerosas dudas sobre su acomodo a los principios fundamentales de nuestra Constitución. La especial sensibilidad que genera este asunto requiere una determinación cierta y alejada de concepciones subjetivas, de cuáles son los concretos beneficios que disfruta la Iglesia Católica, tanto directos, como indirectos, su fundamento, cuantía y destino, así como cuáles de ellos son previstos en exclusiva para esta confesión religiosa.
I. La financiación de la Iglesia Católica en el marco constitucional
II. Las fuentes de financiación de la Iglesia Católica provenientes del sistema fiscal estatal:
1. La financiación directa de la Iglesia Católica: la asignación tributaria en el IRPF:
1.1. El cambio del sistema de dotación presupuestaria al sistema de asignación tributaria
1.2. La asignación tributaria: caracteres fundamentales
1.3. La asignación tributaria en cifras
1.4. Los mecanismos de financiación directa de otras confesiones religiosas
2. La financiación indirecta en la Iglesia Católica: marco general de los beneficios fiscales aplicables:
2.1. Impuestos estatales:
2.1.1. Impuestos directos
2.1.2. Impuestos indirectos
2.2. Impuestos autonómicos
2.3. Impuestos locales
2.4. Exenciones aplicables en otros tributos
2.5. Figuras tributarias en las que no se aplica exención
III. Conclusiones
- Formato: PDF
- Número de páginas: 29
La financiación de la Iglesia Católica a través del sistema fiscal ha sido una cuestión tradicionalmente polémica, pues en ella se entremezcla lo jurídico con otros aspectos que recaen sobre uno de los ámbitos más íntimos de la persona, como es la religiosidad o las creencias, planteándose numerosas dudas sobre su acomodo a los principios fundamentales de nuestra Constitución. La especial sensibilidad que genera este asunto requiere una determinación cierta y alejada de concepciones subjetivas, de cuáles son los concretos beneficios que disfruta la Iglesia Católica, tanto directos, como indirectos, su fundamento, cuantía y destino, así como cuáles de ellos son previstos en exclusiva para esta confesión religiosa.
I. La financiación de la Iglesia Católica en el marco constitucional
II. Las fuentes de financiación de la Iglesia Católica provenientes del sistema fiscal estatal:
1. La financiación directa de la Iglesia Católica: la asignación tributaria en el IRPF:
1.1. El cambio del sistema de dotación presupuestaria al sistema de asignación tributaria
1.2. La asignación tributaria: caracteres fundamentales
1.3. La asignación tributaria en cifras
1.4. Los mecanismos de financiación directa de otras confesiones religiosas
2. La financiación indirecta en la Iglesia Católica: marco general de los beneficios fiscales aplicables:
2.1. Impuestos estatales:
2.1.1. Impuestos directos
2.1.2. Impuestos indirectos
2.2. Impuestos autonómicos
2.3. Impuestos locales
2.4. Exenciones aplicables en otros tributos
2.5. Figuras tributarias en las que no se aplica exención
III. Conclusiones
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