La sucesión hereditaria del Estado en el Derecho italiano y en el Derecho español
Existen, fundamentalmente, dos planteamientos distintos en relación con el problema del destino de la herencia vacante: uno es de naturaleza (principalmente) publicista y se basa en la adquisición de las herencias vacantes por un acto de soberanía estatal; el otro es de carácter privatista, y se asienta en la adquisición sucesoria que correspondería al Estado en su condición de heredero. La comparación entre el Derecho italiano y el español ofrece buenos argumentos para preferir este último planteamiento y además permite evaluar de manera crítica el art. 33 del Reglamento (UE) n.º 650/2012.
1. Introducción
2. La tesis publicista y su aplicación en Francia
3. La tesis privatista y su aplicación en Alemania
4. El Derecho italiano y la cuestión abierta de la relación con la herencia yacente
5. El Derecho español y las aportaciones que de él pueden extraerse en perspectiva comparatista
6. El artículo 33 del Reglamento (UE) n.º 650/2012
7. Conclusiones
- Número de páginas: 22
Existen, fundamentalmente, dos planteamientos distintos en relación con el problema del destino de la herencia vacante: uno es de naturaleza (principalmente) publicista y se basa en la adquisición de las herencias vacantes por un acto de soberanía estatal; el otro es de carácter privatista, y se asienta en la adquisición sucesoria que correspondería al Estado en su condición de heredero. La comparación entre el Derecho italiano y el español ofrece buenos argumentos para preferir este último planteamiento y además permite evaluar de manera crítica el art. 33 del Reglamento (UE) n.º 650/2012.
1. Introducción
2. La tesis publicista y su aplicación en Francia
3. La tesis privatista y su aplicación en Alemania
4. El Derecho italiano y la cuestión abierta de la relación con la herencia yacente
5. El Derecho español y las aportaciones que de él pueden extraerse en perspectiva comparatista
6. El artículo 33 del Reglamento (UE) n.º 650/2012
7. Conclusiones