Diccionario panhispánico del español jurídico

El Derecho comparado como instrumento para la unificación y armonización internacional del Derecho de contratos

por Oliva Blázquez, Francisco

Artículo
ISSN: 0210-301X
Otros Autores: Ministerio de Justicia
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El Derecho comparado es una herramienta básica para la unificación y armonización internacional del Derecho privado y, asimismo, un instrumento esencial para su avance, actualización y desarrollo. En el presente trabajo llevaremos a cabo un estudio detallado sobre la importante influencia que ha tenido el Derecho comparado en la construcción del moderno Derecho supranacional de los contratos, analizando, para ello, el núcleo de sus instituciones básicas tal y como están siendo configuradas actualmente. Igualmente, demostraremos que muchas de las soluciones contemporáneas propuestas acaban incorporándose al Derecho nacional, dando lugar al fenómeno de la armonización global e indirecta del Derecho Privado.

Tabla de Contenidos

1. Previo: el presente y futuro del Derecho contractual a través del Derecho comparado
2. Breve introducción al Derecho comparado
2.1. Concepto
2.2. Las funciones del Derecho comparado: enumeración
2.3. La metodología comparatista
3. Derecho Comparado, armonización y unificación del Derecho civil
3.1. El Derecho Uniforme
3.1.1. Concepto
3.1.2. Clases
3.1.3. El empleo de la técnica comparatista en la construcción del Derecho uniforme
3.2. El soft law como fruto del Derecho comparado
4. La CISG como primer ejemplo del «mestizaje jurídico»
4.1. Introducción
4.2. Common law
4.2.1. El common law en la CISG
4.2.2. El modelo de incumplimiento: noción unitaria y sistema uniforme de remedios
4.2.3. Anticipatory breach
4.2.4. Transmisión del riesgo en la compraventa
4.3. Civil law
4.3.1. Forma del contrato
4.3.2. Reducción del precio
4.3.3. Resolución en caso de simple retraso en el cumplimiento: el otorgamiento del plazo suplementario (Nachfrist)
4.4. Soluciones de aparente compromiso
4.4.1. Las opciones transaccionales en la CISG
4.4.2. El principio de la buena fe en la contratación
4.4.3. El cumplimiento en forma específica
4.4.4. Los contratos con precio abierto
4.4.5. La irrevocabilidad de la oferta mediante la fijación de un plazo fijo
4.4.6. La transmisión del riesgo de la res in transito
4.4.7. A modo de conclusión: una lección sobre el empleo diletante de la técnica comparatista
5. El influjo del Derecho comparado en la legislación de la Unión Europea
5.1. Introducción
5.2. El control de las cláusulas abusivas: la influencia alemana
5.3. El concepto de «falta de conformidad»
5.4. El derecho de desistimiento
5.4.1. Concepto, características y fundamentos del derecho de desistimiento
5.4.2. Un derecho de desistimiento made in Europe: críticas
5.5. El deber de informar
5.5.1. Previo: el deber de autoinformación y sus excepciones
5.5.2. Los deberes de información en los contratos al consumo
5.5.3. Conclusiones críticas: ¿un exceso de información?
5.5.4. Epílogo: la extensión de los deberes de información más allá de los confines de la relación de consumo
5.5.5. La Directiva 2011/83/UE sobre los derechos de los consumidores
5.5.1. Previo
5.5.2. El concepto de compraventa
5.5.3. La transmisión del riesgo en los contratos de consumo
5.5.4. A modo de conclusión: la introducción de peligrosas piezas discordantes en nuestro ordenamiento jurídico
6. Armonización jurídica y soft law
6.1. ¿Derecho de los contratos o Derecho de obligaciones y contratos?
6.2. Un régimen jurídico del contrato a secas
6.3. Los requisitos del contrato: la intención de quedar obligado por un acuerdo suficiente
6.3.1. La intención de quedar obligado por un acuerdo suficiente
6.3.2. Contratos sin causa ni consideration
6.3.3. La desaparición de la imposibilidad originaria por falta de objeto
6.4. La extensión del ámbito de las cláusulas abusivas a las relaciones B2B y C2C
6.5. Compensación de deudas
6.6 Los contratos ilegales


  • Número de páginas: 162

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El Derecho comparado es una herramienta básica para la unificación y armonización internacional del Derecho privado y, asimismo, un instrumento esencial para su avance, actualización y desarrollo. En el presente trabajo llevaremos a cabo un estudio detallado sobre la importante influencia que ha tenido el Derecho comparado en la construcción del moderno Derecho supranacional de los contratos, analizando, para ello, el núcleo de sus instituciones básicas tal y como están siendo configuradas actualmente. Igualmente, demostraremos que muchas de las soluciones contemporáneas propuestas acaban incorporándose al Derecho nacional, dando lugar al fenómeno de la armonización global e indirecta del Derecho Privado.

Tabla de Contenidos

1. Previo: el presente y futuro del Derecho contractual a través del Derecho comparado
2. Breve introducción al Derecho comparado
2.1. Concepto
2.2. Las funciones del Derecho comparado: enumeración
2.3. La metodología comparatista
3. Derecho Comparado, armonización y unificación del Derecho civil
3.1. El Derecho Uniforme
3.1.1. Concepto
3.1.2. Clases
3.1.3. El empleo de la técnica comparatista en la construcción del Derecho uniforme
3.2. El soft law como fruto del Derecho comparado
4. La CISG como primer ejemplo del «mestizaje jurídico»
4.1. Introducción
4.2. Common law
4.2.1. El common law en la CISG
4.2.2. El modelo de incumplimiento: noción unitaria y sistema uniforme de remedios
4.2.3. Anticipatory breach
4.2.4. Transmisión del riesgo en la compraventa
4.3. Civil law
4.3.1. Forma del contrato
4.3.2. Reducción del precio
4.3.3. Resolución en caso de simple retraso en el cumplimiento: el otorgamiento del plazo suplementario (Nachfrist)
4.4. Soluciones de aparente compromiso
4.4.1. Las opciones transaccionales en la CISG
4.4.2. El principio de la buena fe en la contratación
4.4.3. El cumplimiento en forma específica
4.4.4. Los contratos con precio abierto
4.4.5. La irrevocabilidad de la oferta mediante la fijación de un plazo fijo
4.4.6. La transmisión del riesgo de la res in transito
4.4.7. A modo de conclusión: una lección sobre el empleo diletante de la técnica comparatista
5. El influjo del Derecho comparado en la legislación de la Unión Europea
5.1. Introducción
5.2. El control de las cláusulas abusivas: la influencia alemana
5.3. El concepto de «falta de conformidad»
5.4. El derecho de desistimiento
5.4.1. Concepto, características y fundamentos del derecho de desistimiento
5.4.2. Un derecho de desistimiento made in Europe: críticas
5.5. El deber de informar
5.5.1. Previo: el deber de autoinformación y sus excepciones
5.5.2. Los deberes de información en los contratos al consumo
5.5.3. Conclusiones críticas: ¿un exceso de información?
5.5.4. Epílogo: la extensión de los deberes de información más allá de los confines de la relación de consumo
5.5.5. La Directiva 2011/83/UE sobre los derechos de los consumidores
5.5.1. Previo
5.5.2. El concepto de compraventa
5.5.3. La transmisión del riesgo en los contratos de consumo
5.5.4. A modo de conclusión: la introducción de peligrosas piezas discordantes en nuestro ordenamiento jurídico
6. Armonización jurídica y soft law
6.1. ¿Derecho de los contratos o Derecho de obligaciones y contratos?
6.2. Un régimen jurídico del contrato a secas
6.3. Los requisitos del contrato: la intención de quedar obligado por un acuerdo suficiente
6.3.1. La intención de quedar obligado por un acuerdo suficiente
6.3.2. Contratos sin causa ni consideration
6.3.3. La desaparición de la imposibilidad originaria por falta de objeto
6.4. La extensión del ámbito de las cláusulas abusivas a las relaciones B2B y C2C
6.5. Compensación de deudas
6.6 Los contratos ilegales


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