Problemas jurídicos planteados a raíz de la inmatriculación de bienes por la Iglesia católica dilemas surgidos y reflexiones a propósito del informe del gobierno de 16 de febrero de 2021
Históricamente la Iglesia Católica estuvo habilitada en España para proceder a la inscripción de bienes inmuebles a su nombre, a partir de certificaciones de dominio expedidas por los Obispos. Este privilegio, de dudosa constitucionalidad, desapareció en España con la reforma de la Ley Hipotecaria de 2015, tras la Sentencia del TEDH en el caso SA del Ucieza contra España, dictada un año antes, que precipitó una reforma inaplazable. A día de hoy, se plantea el problema de la cuantificación del número de inscripciones
practicadas siguiendo este sistema, así como qué posibilidades reales existen de impugnar las inscripciones ya realizadas. En este artículo estudiaremos el Informe del Gobierno de España de 16 de febrero de 2021, en que se abordan todas estas cuestiones, así como las soluciones posibles para resolver los retos jurídicos planteados.
- Número de páginas: 88
Históricamente la Iglesia Católica estuvo habilitada en España para proceder a la inscripción de bienes inmuebles a su nombre, a partir de certificaciones de dominio expedidas por los Obispos. Este privilegio, de dudosa constitucionalidad, desapareció en España con la reforma de la Ley Hipotecaria de 2015, tras la Sentencia del TEDH en el caso SA del Ucieza contra España, dictada un año antes, que precipitó una reforma inaplazable. A día de hoy, se plantea el problema de la cuantificación del número de inscripciones
practicadas siguiendo este sistema, así como qué posibilidades reales existen de impugnar las inscripciones ya realizadas. En este artículo estudiaremos el Informe del Gobierno de España de 16 de febrero de 2021, en que se abordan todas estas cuestiones, así como las soluciones posibles para resolver los retos jurídicos planteados.