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Algoritmos, inteligencia artificial y condiciones de trabajo, ¿son compatibles?
En la actualidad, no cabe duda que, en la conformación y definición de las condiciones de trabajo, los algoritmos y la inteligencia artificial están adquiriendo cada vez un mayor peso. La utilización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en la configuración de la relación laboral, concretamente, en la prestación de trabajo conlleva, por un lado, una optimización del ciclo productivo y, por tanto, un aumento de la rentabilidad desde el punto de vista empresarial. Pero, por otro lado, ello supone una afectación a los derechos fundamentales de las personas trabajadoras, especialmente, al derecho a la intimidad y a la protección de datos personales. Principalmente, cuando estas nuevas tecnologías se utilizan en la gestión de la organización empresarial, y en la gestión de la prestación de trabajo, pudiendo comportar situaciones discriminatorias por su falta de transparencia. La cuestión no es baladí, pues se están creando importantes conflictos en torno a la transparencia y equidad de los algoritmos y la inteligencia artificial en la gestión de las condiciones de trabajo.
I. INTRODUCCIÓN.
II. CUARTA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL: INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y ALGORITMOS.
III.USO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y ALGORITMOS EN LA RELACIÓN LABORAL.
1. Selección y contratación de personal.
2. Gestión a través de plataformas digitales.
IV. ASPECTOS SOBRE EL USO DE ALGORITMOS EN LA RELACIÓN LABORAL.
1. Planteamiento general.
2. Protección de datos de carácter personal.
V. ALGORITMOS Y DISCRIMINACIÓN LABORAL.
VI. NECESIDAD DE UNA REGULACIÓN.
VII. BIBLIOGRAFÍA.
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En la actualidad, no cabe duda que, en la conformación y definición de las condiciones de trabajo, los algoritmos y la inteligencia artificial están adquiriendo cada vez un mayor peso. La utilización de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en la configuración de la relación laboral, concretamente, en la prestación de trabajo conlleva, por un lado, una optimización del ciclo productivo y, por tanto, un aumento de la rentabilidad desde el punto de vista empresarial. Pero, por otro lado, ello supone una afectación a los derechos fundamentales de las personas trabajadoras, especialmente, al derecho a la intimidad y a la protección de datos personales. Principalmente, cuando estas nuevas tecnologías se utilizan en la gestión de la organización empresarial, y en la gestión de la prestación de trabajo, pudiendo comportar situaciones discriminatorias por su falta de transparencia. La cuestión no es baladí, pues se están creando importantes conflictos en torno a la transparencia y equidad de los algoritmos y la inteligencia artificial en la gestión de las condiciones de trabajo.
I. INTRODUCCIÓN.
II. CUARTA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL: INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y ALGORITMOS.
III.USO DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y ALGORITMOS EN LA RELACIÓN LABORAL.
1. Selección y contratación de personal.
2. Gestión a través de plataformas digitales.
IV. ASPECTOS SOBRE EL USO DE ALGORITMOS EN LA RELACIÓN LABORAL.
1. Planteamiento general.
2. Protección de datos de carácter personal.
V. ALGORITMOS Y DISCRIMINACIÓN LABORAL.
VI. NECESIDAD DE UNA REGULACIÓN.
VII. BIBLIOGRAFÍA.