Diccionario panhispánico del español jurídico

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Los agentes intermediadores a la luz de la Ley 3/2023, de empleo. Antecedentes y perspectivas desde la colaboración público-privada

por Rodríguez Escanciano, Susana

Artículo
ISSN: 1696-9626
Madrid Iustel 2023
Ver otros artículos del mismo número: 66

Con independencia de las singulares y diferentes soluciones adoptadas por las normas que se han ido sucediendo en el tiempo sobre las funciones básicas de la intermediación laboral, lo cierto es que el principal y constante problema que éstas han debido afrontar y resolver se ha centrado en la definición de los sujetos competentes, dando muestras constantes de una tensión a la hora de repartir o distribuir la mentada actividad entre los poderes públicos y las entidades privadas. Bajo tal premisa, la nueva Ley 3/2023, de Empleo, trata de crear renovados “partenariados”, pero preservando en todo caso el fortalecimiento de los servicios públicos, a fin de lograr una más moderna, eficaz, eficiente e inclusiva, gestión de las políticas de empleo de calidad.

Tabla de Contenidos

I. CREACIÓN Y DESTRUCCIÓN DE EMPLEO EN EL ACTUAL CONTEXTO PRODUCTIVO: LA NECESARIA REDONDUCCIÓN DE LOS DESAJUSTES.
II. LA AMPLIACIÓN DE LOS CONTORNOS OBJETIVO Y SUBJETIVO DE LA POLÍTICA DE INTEMEDIACIÓN.
III.COMETIDOS A DESARROLLAR POR LOS AGENTES INTERMEDIADORES.
1. Prospección y captación de ofertas.
2. Puesta en contacto.
3. Recolocación.
4. Selección.
5. Formación.
6. Diseño de itinerarios personalizados.
IV. EL PROTAGONISMO INCENTIVADO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO.
1. El Servicio Público de Empleo Estatal y su transformación en Agencia.
1.1. Antecedentes.
1.2. El INEM.
1.3. Exclusividad de la oficina pública.
1.4. El Servicio Público de Empleo Estatal.
1.5. La Agencia Estatal de Empleo.
1.6. Instrumentos de coordinación.
2. Los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas.
3. Las Administraciones Locales.
V. AGENCIAS DE COLOCACIÓN: ¿RECURSO SUBSIDIARIO?.
1. Alcance de la colaboración público-privada en materia de empleo.
2. El recorrido desde el monopolio público a la intervención privada.
3. La reforma de 2023.
VI. PORTALES DE EMPLEO.
VII. INCLUSIÓN OCUPACIONAL: LAS EMPRESAS DE INSERCIÓN.
VIII. CONCLUSIONES.


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Con independencia de las singulares y diferentes soluciones adoptadas por las normas que se han ido sucediendo en el tiempo sobre las funciones básicas de la intermediación laboral, lo cierto es que el principal y constante problema que éstas han debido afrontar y resolver se ha centrado en la definición de los sujetos competentes, dando muestras constantes de una tensión a la hora de repartir o distribuir la mentada actividad entre los poderes públicos y las entidades privadas. Bajo tal premisa, la nueva Ley 3/2023, de Empleo, trata de crear renovados “partenariados”, pero preservando en todo caso el fortalecimiento de los servicios públicos, a fin de lograr una más moderna, eficaz, eficiente e inclusiva, gestión de las políticas de empleo de calidad.

Tabla de Contenidos

I. CREACIÓN Y DESTRUCCIÓN DE EMPLEO EN EL ACTUAL CONTEXTO PRODUCTIVO: LA NECESARIA REDONDUCCIÓN DE LOS DESAJUSTES.
II. LA AMPLIACIÓN DE LOS CONTORNOS OBJETIVO Y SUBJETIVO DE LA POLÍTICA DE INTEMEDIACIÓN.
III.COMETIDOS A DESARROLLAR POR LOS AGENTES INTERMEDIADORES.
1. Prospección y captación de ofertas.
2. Puesta en contacto.
3. Recolocación.
4. Selección.
5. Formación.
6. Diseño de itinerarios personalizados.
IV. EL PROTAGONISMO INCENTIVADO DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE EMPLEO.
1. El Servicio Público de Empleo Estatal y su transformación en Agencia.
1.1. Antecedentes.
1.2. El INEM.
1.3. Exclusividad de la oficina pública.
1.4. El Servicio Público de Empleo Estatal.
1.5. La Agencia Estatal de Empleo.
1.6. Instrumentos de coordinación.
2. Los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas.
3. Las Administraciones Locales.
V. AGENCIAS DE COLOCACIÓN: ¿RECURSO SUBSIDIARIO?.
1. Alcance de la colaboración público-privada en materia de empleo.
2. El recorrido desde el monopolio público a la intervención privada.
3. La reforma de 2023.
VI. PORTALES DE EMPLEO.
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