Diccionario panhispánico del español jurídico

El Dieselgate y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Reflexiones a propósito de tres pronunciamientos de 14 de julio de 2022)

por Rodríguez Guitián, Alma María

Artículo
ISSN: 0210-301X
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado sobre tres peticiones de decisión prejudicial planteadas por tres órganos judiciales austriacos relativas al Dieselgate. Este último consistió en la manipulación de los estándares de emisión de gases a través de dispositivos electrónicos instalados en, aproximadamente, 11 millones de automóviles Volkswagen en todo el mundo, desde 2008 hasta 2015. El TJUE sostiene en sus tres pronunciamientos que los dispositivos electrónicos continúan vulnerando la normativa comunitaria (Reglamento [CE] núm. 715/2007), a pesar de su previa reparación. Tal Reglamento persigue una reducción considerable de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los vehículos diésel para mejorar la calidad del aire y respetar los valores límite de contaminación atmosférica. En particular, una de las tres decisiones (asunto C-145/20) afirma la existencia de una falta de conformidad. Es decir, el software reparado no presenta la calidad y prestaciones habituales de un bien del mismo tipo que el consumidor puede fundadamente esperar [art. 2 (2) (d) Directiva 1999/44/CE]. La sentencia también sostiene que tal falta de conformidad es «de no escasa importancia» [art. 3 (6) Directiva 1999/44/CE]. Este trabajo profundiza en las consecuencias de tales afirmaciones en el ordenamiento español, en particular, en el remedio de la resolución del contrato.

Tabla de Contenidos

I. Notas introductorias
II. Análisis de la STJUE (Gran Sala) Caso DS contra Volkswagen AG y Porsche Inter Auto GmbH & Co KG, sentencia de 14 de julio de 2022 (asunto C-145/20)
1. Hechos
2. Primer argumento del tribunal: afirmación de la existencia de falta de conformidad
2.1 El vehículo adquirido no es conforme con el contrato según el artículo 2 (2) (d) de la Directiva [1999/44]
2.2 Tras la reprogramación el vehículo continúa teniendo un dispositivo de desactivación prohibido por el Reglamento CE [núm. 175/2007]
2.3 La contravención de la normativa europea implica una falta de conformidad
2.3.1 Declaraciones públicas sobre las características del producto como criterio para determinar si un bien presenta la calidad y prestaciones habituales de otro del mismo tipo
3. Segundo argumento del tribunal sobre la entidad de la falta de conformidad: la falta de conformidad es «de no escasa importancia»
III. Consecuencias del fallo de las SSTJUE sobre el remedio de la resolución en el ordenamiento jurídico español en los casos del Dieselgate
1. Análisis de la transposición de las Directivas [1999/44] y [2019/771] por el legislador español respecto a la medida de la resolución contractual
1.1 ¿Admisión del remedio de la resolución en todo caso ante una previa reparación infructuosa del bien?
2. Posición de los tribunales españoles ante el remedio jurídico de la resolución en los casos del Dieselgate
2.1 Diferencia de regulación de la resolución entre la normativa de consumo y el Código Civil en cuanto a la exigencia de la entidad del incumplimiento contractual
2.2 Análisis del éxito del remedio de la resolución ex artículo 1124 CC en los casos del Dieselgate ya resueltos
2.3 Análisis del éxito del remedio de la resolución ex artículo 1124 CC en los casos del Dieselgate a partir de las decisiones del TJUE
2.4 Sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Ibi (Alicante) de 23 de septiembre de 2022
3. Efectos de la resolución
3.1 Normativa de consumo
3.2 Código Civil
4. Frente a qué sujeto se ejercitaría, en su caso, la resolución contractual
4.1 Ejercicio del remedio de la resolución contractual en virtud de la normativa de consumo
4.2 Ejercicio del remedio de la resolución contractual ex artículo 1124 CC


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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha pronunciado sobre tres peticiones de decisión prejudicial planteadas por tres órganos judiciales austriacos relativas al Dieselgate. Este último consistió en la manipulación de los estándares de emisión de gases a través de dispositivos electrónicos instalados en, aproximadamente, 11 millones de automóviles Volkswagen en todo el mundo, desde 2008 hasta 2015. El TJUE sostiene en sus tres pronunciamientos que los dispositivos electrónicos continúan vulnerando la normativa comunitaria (Reglamento [CE] núm. 715/2007), a pesar de su previa reparación. Tal Reglamento persigue una reducción considerable de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los vehículos diésel para mejorar la calidad del aire y respetar los valores límite de contaminación atmosférica. En particular, una de las tres decisiones (asunto C-145/20) afirma la existencia de una falta de conformidad. Es decir, el software reparado no presenta la calidad y prestaciones habituales de un bien del mismo tipo que el consumidor puede fundadamente esperar [art. 2 (2) (d) Directiva 1999/44/CE]. La sentencia también sostiene que tal falta de conformidad es «de no escasa importancia» [art. 3 (6) Directiva 1999/44/CE]. Este trabajo profundiza en las consecuencias de tales afirmaciones en el ordenamiento español, en particular, en el remedio de la resolución del contrato.

Tabla de Contenidos

I. Notas introductorias
II. Análisis de la STJUE (Gran Sala) Caso DS contra Volkswagen AG y Porsche Inter Auto GmbH & Co KG, sentencia de 14 de julio de 2022 (asunto C-145/20)
1. Hechos
2. Primer argumento del tribunal: afirmación de la existencia de falta de conformidad
2.1 El vehículo adquirido no es conforme con el contrato según el artículo 2 (2) (d) de la Directiva [1999/44]
2.2 Tras la reprogramación el vehículo continúa teniendo un dispositivo de desactivación prohibido por el Reglamento CE [núm. 175/2007]
2.3 La contravención de la normativa europea implica una falta de conformidad
2.3.1 Declaraciones públicas sobre las características del producto como criterio para determinar si un bien presenta la calidad y prestaciones habituales de otro del mismo tipo
3. Segundo argumento del tribunal sobre la entidad de la falta de conformidad: la falta de conformidad es «de no escasa importancia»
III. Consecuencias del fallo de las SSTJUE sobre el remedio de la resolución en el ordenamiento jurídico español en los casos del Dieselgate
1. Análisis de la transposición de las Directivas [1999/44] y [2019/771] por el legislador español respecto a la medida de la resolución contractual
1.1 ¿Admisión del remedio de la resolución en todo caso ante una previa reparación infructuosa del bien?
2. Posición de los tribunales españoles ante el remedio jurídico de la resolución en los casos del Dieselgate
2.1 Diferencia de regulación de la resolución entre la normativa de consumo y el Código Civil en cuanto a la exigencia de la entidad del incumplimiento contractual
2.2 Análisis del éxito del remedio de la resolución ex artículo 1124 CC en los casos del Dieselgate ya resueltos
2.3 Análisis del éxito del remedio de la resolución ex artículo 1124 CC en los casos del Dieselgate a partir de las decisiones del TJUE
2.4 Sentencia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Ibi (Alicante) de 23 de septiembre de 2022
3. Efectos de la resolución
3.1 Normativa de consumo
3.2 Código Civil
4. Frente a qué sujeto se ejercitaría, en su caso, la resolución contractual
4.1 Ejercicio del remedio de la resolución contractual en virtud de la normativa de consumo
4.2 Ejercicio del remedio de la resolución contractual ex artículo 1124 CC


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