La inalienabilidad de los derechos como incompetencia del titular
Concebir los derechos como una protección no-paternalista de los intereses de sus titulares supone aceptar que su aspecto más relevante consiste en la provisión de una competencia para renunciar o consentir su inobservancia por terceros, lo cual no tiene por qué coincidir con la mejor estimación de sus intereses, aun cuando estos últimos juegan un papel importante en la justificación de las posiciones jurídicas implicadas. A partir de la tesis de la correlatividad, los conceptos jurídicos fundamentales de W. N. Hohfeld y una tesis de la combinación que armoniza los elementos de la voluntad e interés en la explicación de los derechos, en el presente artículo se tratará de mostrar por qué afirmar el carácter inalienable de los derechos contradice la función que estos desempeñan en los ordenamientos jurídicos modernos
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Concebir los derechos como una protección no-paternalista de los intereses de sus titulares supone aceptar que su aspecto más relevante consiste en la provisión de una competencia para renunciar o consentir su inobservancia por terceros, lo cual no tiene por qué coincidir con la mejor estimación de sus intereses, aun cuando estos últimos juegan un papel importante en la justificación de las posiciones jurídicas implicadas. A partir de la tesis de la correlatividad, los conceptos jurídicos fundamentales de W. N. Hohfeld y una tesis de la combinación que armoniza los elementos de la voluntad e interés en la explicación de los derechos, en el presente artículo se tratará de mostrar por qué afirmar el carácter inalienable de los derechos contradice la función que estos desempeñan en los ordenamientos jurídicos modernos