Funcionarios interinos y excedencia voluntaria por interés particular
No es discriminatoria la no aplicación a empleados de carácter interino de la excedencia voluntaria por interés particular prevista para funcionarios de carrera que hayan prestado servicios efectivos en las Administraciones Públicas durante un periodo mínimo de cinco años inmediatamente anteriores.
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No es discriminatoria la no aplicación a empleados de carácter interino de la excedencia voluntaria por interés particular prevista para funcionarios de carrera que hayan prestado servicios efectivos en las Administraciones Públicas durante un periodo mínimo de cinco años inmediatamente anteriores.