Diccionario panhispánico del español jurídico

Tiempo de trabajo. Descanso diario y descanso semanal dos periodos de tiempo claramente diferenciados

por Rojo Torrecilla, Eduardo

Artículo
ISSN: 2659-787X
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La sentencia objeto de examen trata sobre la interpretación de los art 3 (descanso diario) y 5 (descanso semanal) de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, en relación con el art. 31.2 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. El TJUE falla que las disposiciones más favorables que establece la normativa nacional con respecto a la Directiva en lo que se refiere a la duración mínima del descanso semanal no pueden privar al trabajador de otros derechos que le concede esta Directiva, y más concretamente, del derecho al descanso diario. Concluye que el descanso diario debe concederse con independencia de la duración del descanso semanal establecida por la normativa nacional aplicable.


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La sentencia objeto de examen trata sobre la interpretación de los art 3 (descanso diario) y 5 (descanso semanal) de la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, relativa a determinados aspectos de la ordenación del tiempo de trabajo, en relación con el art. 31.2 de la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea. El TJUE falla que las disposiciones más favorables que establece la normativa nacional con respecto a la Directiva en lo que se refiere a la duración mínima del descanso semanal no pueden privar al trabajador de otros derechos que le concede esta Directiva, y más concretamente, del derecho al descanso diario. Concluye que el descanso diario debe concederse con independencia de la duración del descanso semanal establecida por la normativa nacional aplicable.


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