Diccionario panhispánico del español jurídico

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Los animales son familia. Desarrollo del concepto familia multiespecie

por Padilla Villarraga, Andrea

Artículo
ISSN: 2462-7518
Ver otros artículos del mismo número: Volumen 14. Número 1

Recientemente, la sala de revisión de la Corte Constitucional de Colombia seleccionó, para estudio, una tutela en la que una mujer (Patricia), en nombre de su hijo pequeño (Camilo), reclamaba la custodia de dos perros, Aurelio y Virgilio, cuya responsabilidad de cuidado en el seno familiar adquirió al conformar unión conyugal de hecho con Luis. El juez que falló en primera instancia optó por dejarle los perros a Laura, con quien Luis tenía unión matrimonial, quien también reclamaba la custodia de los animales por el hecho de haberlos adquirido. ¿Prima el vínculo afectivo sobre el derecho de propiedad en una decisión de esta naturaleza? La Corte consideró el asunto de tal importancia y actualidad, que convocó a una sesión con estudiosos de diferentes campos del conocimiento. Las siguientes son las respuestas que di a las preguntas que nos planteó el Alto Tribunal para pronunciarse, a fondo, sobre si es posible otorgarles a los animales de compañía reconocimiento como integrantes de una familia.

Tabla de Contenidos

1. ¿Cómo debe entenderse, jurídicamente, el vínculo que existe entre los animales de compañía y sus cuidadores?
2. ¿Las categorías ser sintiente y bien mueble son incompatibles o pueden ser conciliadas tratándose de los animales de compañía?
3. ¿Es jurídicamente posible concebir a los animales de compañía como miembros de una familia?
4. ¿Hablar de familia multiespecie implica reconocer a los animales un estatus jurídico diferente al de seres sintientes?
5. ¿Cuáles son los derechos y deberes que se derivan del reconocimiento de un individuo como parte de una familia?
6. ¿Cuáles serían las consecuencias de reconocer capacidad a los animales de compañía para integrar una familia con seres humanos, bajo el concepto de familia multiespecie?
7. ¿Cuál sería la mejor forma de conciliar los derechos en tensión cuando se termina una relación familiar entre humanos que conviven con uno o varios animales de compañía?
8. ¿En estos casos, además de los intereses y derechos de los seres humanos, en qué medida deben tenerse en cuenta a los animales de compañía al momento de definir un eventual acuerdo o litigio?
9. A manera de colofón


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Recientemente, la sala de revisión de la Corte Constitucional de Colombia seleccionó, para estudio, una tutela en la que una mujer (Patricia), en nombre de su hijo pequeño (Camilo), reclamaba la custodia de dos perros, Aurelio y Virgilio, cuya responsabilidad de cuidado en el seno familiar adquirió al conformar unión conyugal de hecho con Luis. El juez que falló en primera instancia optó por dejarle los perros a Laura, con quien Luis tenía unión matrimonial, quien también reclamaba la custodia de los animales por el hecho de haberlos adquirido. ¿Prima el vínculo afectivo sobre el derecho de propiedad en una decisión de esta naturaleza? La Corte consideró el asunto de tal importancia y actualidad, que convocó a una sesión con estudiosos de diferentes campos del conocimiento. Las siguientes son las respuestas que di a las preguntas que nos planteó el Alto Tribunal para pronunciarse, a fondo, sobre si es posible otorgarles a los animales de compañía reconocimiento como integrantes de una familia.

Tabla de Contenidos

1. ¿Cómo debe entenderse, jurídicamente, el vínculo que existe entre los animales de compañía y sus cuidadores?
2. ¿Las categorías ser sintiente y bien mueble son incompatibles o pueden ser conciliadas tratándose de los animales de compañía?
3. ¿Es jurídicamente posible concebir a los animales de compañía como miembros de una familia?
4. ¿Hablar de familia multiespecie implica reconocer a los animales un estatus jurídico diferente al de seres sintientes?
5. ¿Cuáles son los derechos y deberes que se derivan del reconocimiento de un individuo como parte de una familia?
6. ¿Cuáles serían las consecuencias de reconocer capacidad a los animales de compañía para integrar una familia con seres humanos, bajo el concepto de familia multiespecie?
7. ¿Cuál sería la mejor forma de conciliar los derechos en tensión cuando se termina una relación familiar entre humanos que conviven con uno o varios animales de compañía?
8. ¿En estos casos, además de los intereses y derechos de los seres humanos, en qué medida deben tenerse en cuenta a los animales de compañía al momento de definir un eventual acuerdo o litigio?
9. A manera de colofón


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