Diccionario panhispánico del español jurídico

1 de 1 copias disponibles

La protección del medio ambiente por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos: últimos avances jurisprudenciales

por Fernández Egea, Rosa María

Artículo
ISSN: 1575-720X
Ver otros artículos del mismo número: 31

A pesar de no existir un derecho a un medio ambiente saludable en el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), existe ya una consolidada jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en materia de protección ambiental. En particular, encontramos dos escenarios de casos en los que las cuestiones ambientales han podido tenerse en cuenta. El primero se produce cuando la salvaguarda del medio ambiente se encuentra estrechamente vinculada a la protección de un derecho fundamental recogido en el CEDH, como es el caso del derecho al respeto de la vida privada y familiar y el domicilio. El segundo escenario aglutina los supuestos en los que en aras a la salvaguarda del medio ambiente, se legitima una injerencia en alguno de los derechos fundamentales del Convenio, en particular, el derecho a la propiedad privada. En cualquier caso, la protección del medio ambiente es siempre indirecta y sólo es tenida en cuenta en la medida que afecte directamente los derechos subjetivos protegidos por el CEDH. Los últimos avances jurisprudenciales siguen en esta línea, aunque existe una necesidad creciente de darle una mayor cabida al medio ambiente en este sistema regional de salvaguarda de derechos humanos.

Tabla de Contenidos

I. CUESTIONES PREVIAS: LA NECESARIA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y SU VINCULACIÓN CON LOS DERECHOS HUMANOS
II. LA PROTECCIÓN INDIRECTA DEL MEDIO AMBIENTE EN LA JURISPRUDENCIA DEL TEDH
1. La ausencia del medio ambiente en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y los escenarios de protección
2. Primer escenario de protección: como consecuencia de la salvaguarda de un derecho fundamental
A. Derechos fundamentales invocados en casos medioambientales
B. Supuesto especial: la oposición a la actividad de caza en la propiedad del reclamante
3. Segundo escenario de protección: como límite al disfrute de un derecho fundamental (derecho de propiedad)
4. La puerta de entrada del medio ambiente en el CEDH: el derecho al disfrute del domicilio, la vida privada y familiar (art. 8 CEDH)
A. Interpretación amplia del derecho y obligaciones del Estado
B. Requisitos de aplicabilidad del artículo 8 CEDH
a) Afectación directa e inmediata con el disfrute del domicilio, la vida privada y familiar
b) Delimitación con el supuesto del artículo 2 CEDH (derecho a la vida)
C. Condiciones para la legalidad de las injerencias
a) Aspectos sustantivos: la existencia de un interés legítimo, la legalidad de la actuación estatal y la ponderación de intereses
b) Aspectos procedimentales: acceso a la información, participación en el proceso de toma de decisiones y acceso a la justicia
III. REFLEXIÓN FINAL: ¿ES SATISFACTORIA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE OTORGADA POR EL TEDH?
IV. SELECCIÓN DE PRONUNCIAMIENTOS DEL TEDH CON IMPORTANCIA AMBIENTAL


  • Formato: PDF
  • Número de páginas: 42

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior

A pesar de no existir un derecho a un medio ambiente saludable en el Convenio Europeo de Derechos Humanos (CEDH), existe ya una consolidada jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en materia de protección ambiental. En particular, encontramos dos escenarios de casos en los que las cuestiones ambientales han podido tenerse en cuenta. El primero se produce cuando la salvaguarda del medio ambiente se encuentra estrechamente vinculada a la protección de un derecho fundamental recogido en el CEDH, como es el caso del derecho al respeto de la vida privada y familiar y el domicilio. El segundo escenario aglutina los supuestos en los que en aras a la salvaguarda del medio ambiente, se legitima una injerencia en alguno de los derechos fundamentales del Convenio, en particular, el derecho a la propiedad privada. En cualquier caso, la protección del medio ambiente es siempre indirecta y sólo es tenida en cuenta en la medida que afecte directamente los derechos subjetivos protegidos por el CEDH. Los últimos avances jurisprudenciales siguen en esta línea, aunque existe una necesidad creciente de darle una mayor cabida al medio ambiente en este sistema regional de salvaguarda de derechos humanos.

Tabla de Contenidos

I. CUESTIONES PREVIAS: LA NECESARIA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE Y SU VINCULACIÓN CON LOS DERECHOS HUMANOS
II. LA PROTECCIÓN INDIRECTA DEL MEDIO AMBIENTE EN LA JURISPRUDENCIA DEL TEDH
1. La ausencia del medio ambiente en el Convenio Europeo de Derechos Humanos y los escenarios de protección
2. Primer escenario de protección: como consecuencia de la salvaguarda de un derecho fundamental
A. Derechos fundamentales invocados en casos medioambientales
B. Supuesto especial: la oposición a la actividad de caza en la propiedad del reclamante
3. Segundo escenario de protección: como límite al disfrute de un derecho fundamental (derecho de propiedad)
4. La puerta de entrada del medio ambiente en el CEDH: el derecho al disfrute del domicilio, la vida privada y familiar (art. 8 CEDH)
A. Interpretación amplia del derecho y obligaciones del Estado
B. Requisitos de aplicabilidad del artículo 8 CEDH
a) Afectación directa e inmediata con el disfrute del domicilio, la vida privada y familiar
b) Delimitación con el supuesto del artículo 2 CEDH (derecho a la vida)
C. Condiciones para la legalidad de las injerencias
a) Aspectos sustantivos: la existencia de un interés legítimo, la legalidad de la actuación estatal y la ponderación de intereses
b) Aspectos procedimentales: acceso a la información, participación en el proceso de toma de decisiones y acceso a la justicia
III. REFLEXIÓN FINAL: ¿ES SATISFACTORIA LA PROTECCIÓN DEL MEDIO AMBIENTE OTORGADA POR EL TEDH?
IV. SELECCIÓN DE PRONUNCIAMIENTOS DEL TEDH CON IMPORTANCIA AMBIENTAL


  • Formato: PDF
  • Número de páginas: 42
  • Lectura offline protegida
  • Lectura online

Agregar valoración

Para este apartado es necesario identificarse mediante la opción "Acceso" en el menú superior