Diccionario panhispánico del español jurídico

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Algunos aspectos fiscales del desplazamiento internacional de trabajadores

por Jiménez-Valladolid de L'Hotellerie-Fallois, Domingo Jesús

Artículo
ISSN: 1575-720X
Ver otros artículos del mismo número: 28

En este trabajo se analizan algunos aspectos fiscales ligados al desplazamiento temporal internacional de trabajadores. En primer lugar se analiza la exención del artículo 7.p) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Según esta norma, los rendimientos obtenidos por el trabajo realizado en el extranjero pueden estar exentos cuando se cumplen una serie de requisitos. En segundo lugar, se analiza el concepto de empleador del artículo 15.2.b) del Modelo de la OCDE. Este precepto autoriza al Estado donde se desarrolla la actividad a gravar el salario de un no residente cuando su remuneración es pagada por, o en nombre de, un empleador que es residente en ese Estado.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. LA EXENCIÓN DE LOS RENDIMIENTOS OBTENIDOS POR TRABAJADORES DESPLAZADOS AL EXTRANJERO: EL ARTÍCULO 7.P) DE LA LIRPF
1. Los requisitos para la aplicación del artículo 7.p) LIRPF
2. La cuantificación de los rendimientos exentos por la realización de trabajos en el extranjero
III. EL DESPLAZAMIENTO DE TRABAJADORES EN EL MARCO DE CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ENTRE ENTIDADES: CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN
1. Consideraciones previas y normativa interna
2. Convenios para evitar la doble imposición
A. Aspectos generales del art. 15 del Modelo OCDE
B. El art. 15.2.b) del Modelo OCDE: el criterio del pagador


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En este trabajo se analizan algunos aspectos fiscales ligados al desplazamiento temporal internacional de trabajadores. En primer lugar se analiza la exención del artículo 7.p) de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Según esta norma, los rendimientos obtenidos por el trabajo realizado en el extranjero pueden estar exentos cuando se cumplen una serie de requisitos. En segundo lugar, se analiza el concepto de empleador del artículo 15.2.b) del Modelo de la OCDE. Este precepto autoriza al Estado donde se desarrolla la actividad a gravar el salario de un no residente cuando su remuneración es pagada por, o en nombre de, un empleador que es residente en ese Estado.

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I. INTRODUCCIÓN
II. LA EXENCIÓN DE LOS RENDIMIENTOS OBTENIDOS POR TRABAJADORES DESPLAZADOS AL EXTRANJERO: EL ARTÍCULO 7.P) DE LA LIRPF
1. Los requisitos para la aplicación del artículo 7.p) LIRPF
2. La cuantificación de los rendimientos exentos por la realización de trabajos en el extranjero
III. EL DESPLAZAMIENTO DE TRABAJADORES EN EL MARCO DE CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS ENTRE ENTIDADES: CONVENIOS PARA EVITAR LA DOBLE IMPOSICIÓN
1. Consideraciones previas y normativa interna
2. Convenios para evitar la doble imposición
A. Aspectos generales del art. 15 del Modelo OCDE
B. El art. 15.2.b) del Modelo OCDE: el criterio del pagador


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