Diccionario panhispánico del español jurídico

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La legislación antiterrorista en la historia de nuestro derecho. España y el fenómeno terrorista en los siglos XIX y XX

por Martínez Dhier, Alejandro

Artículo
ISSN: 1989-5992
Murcia Universidad de Murcia 2016
Ver otros artículos del mismo número: Vol. 34 Núm. 2 (2016)

El estudio que presentamos pretende ser un recorrido, lo más completo posible, en el devenir histórico de nuestra legislación antiterrorista. El primer texto legal en el que se hace expresa referencia al término “terrorismo” es la Ley de 23 de noviembre de 1935, modificadora de la Ley de 4 agosto de 1933, de Vagos y Maleantes. El terrorismo, fenómeno histórico, jurídicamente indefinible, tiene sus raíces en la España del XIX, periodo de profundos cambios sociales, políticos y jurídicos. Equiparado a fenómenos tales como el bandolerismo y bandidaje, la primera disposición “antiterrorista” en España está identificada con la “Ley de 10 de julio de 1894 sobre atentados contras las personas o daños en las cosas por medio de aparatos o sustancias explosivas”, vigente aún en pleno siglo XX, y destinada a atajar de raíz la incipiente violencia anarquista existente, mediante el uso de explosivos. A partir de ahí, toda una plétora de disposiciones, primero en la legislación especial, luego su regulación en los Códigos penales, conociendo inicialmente dichas causas la jurisdicción militar, hasta su conocimiento por la jurisdicción ordinaria. La llegada de la Constitución española de 1978 supondrá un antes y un después en la regulación jurídica de los delitos de terrorismo, con una legislación pre y post constitucional vaga, oscilante e imprecisa, propia del periodo histórico al que nos referimos.

The present study aims to analyze the evolution of our anti-terrorism legislation. The first legal text refers to the term "terrorism" is the Law of November 23, 1935. Which amends the Law of August 4, 1933, of Vagos y Maleantes. Terrorism, historical phenomenon, legally indefinable, has its roots in nineteenth-century Spain. A time of profound social, political and legal changes. The first "anti-terrorism" provision in Spain is identified with the Law of 10 July 1894 “atentados contras las personas o daños en las cosas por medio de aparatos o sustancias explosivas”. This law that was in force in the twentieth century, and intended to end the emerging anarchist violence. From that moment, many provisions: special legislation first and then in the Penal Code. First of these cases are judged in military courts and later ordinary jurisdiction. The Spanish Constitution of 1978 was a change in the legal regulation of terrorist offenses. This was a vague and imprecise legislation, it was characteristic of his historical period.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN: LA LEGISLACIÓN PENAL DEL SIGLO XIX
II. LAS IDEAS REFORMISTAS DURANTE EL ANTIGUO RÉGIMEN Y SU INFLUENCIA EN EL CONSTITUCIONALISMO: LA CODIFICACIÓN PENAL EN LA ESPAÑA DECIMONÓNICA
III. EL FENÓMENO HISTÓRICO DEL TERRORISMO:
1. Indefinición jurídica del término “terrorismo”
2. El terrorismo en el Código penal de 1995, tras la reforma de 2015
3. Características del fenómeno terrorista
4. El terrorismo en España
IV. LA LEGISLACIÓN HISTÓRICA SOBRE TERRORISMO EN ESPAÑA:
1. El terrorismo equiparado a otros fenómenos históricos: “bandolerismo” y “bandidaje”
2. El inicio de la violencia terrorista y de su legislación especial en el siglo XIX
3. La legislación antiterrorista en el siglo XX: la vigencia de la Ley de 1894 y la nueva legislación, el protagonismo principal de los Códigos penales. La legislación durante la Dictadura de Primo de Rivera y la II República española
4. La legislación antiterrorista durante la Dictadura franquista
5. La legislación antiterrorista durante la transición política española


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El estudio que presentamos pretende ser un recorrido, lo más completo posible, en el devenir histórico de nuestra legislación antiterrorista. El primer texto legal en el que se hace expresa referencia al término “terrorismo” es la Ley de 23 de noviembre de 1935, modificadora de la Ley de 4 agosto de 1933, de Vagos y Maleantes. El terrorismo, fenómeno histórico, jurídicamente indefinible, tiene sus raíces en la España del XIX, periodo de profundos cambios sociales, políticos y jurídicos. Equiparado a fenómenos tales como el bandolerismo y bandidaje, la primera disposición “antiterrorista” en España está identificada con la “Ley de 10 de julio de 1894 sobre atentados contras las personas o daños en las cosas por medio de aparatos o sustancias explosivas”, vigente aún en pleno siglo XX, y destinada a atajar de raíz la incipiente violencia anarquista existente, mediante el uso de explosivos. A partir de ahí, toda una plétora de disposiciones, primero en la legislación especial, luego su regulación en los Códigos penales, conociendo inicialmente dichas causas la jurisdicción militar, hasta su conocimiento por la jurisdicción ordinaria. La llegada de la Constitución española de 1978 supondrá un antes y un después en la regulación jurídica de los delitos de terrorismo, con una legislación pre y post constitucional vaga, oscilante e imprecisa, propia del periodo histórico al que nos referimos.

The present study aims to analyze the evolution of our anti-terrorism legislation. The first legal text refers to the term "terrorism" is the Law of November 23, 1935. Which amends the Law of August 4, 1933, of Vagos y Maleantes. Terrorism, historical phenomenon, legally indefinable, has its roots in nineteenth-century Spain. A time of profound social, political and legal changes. The first "anti-terrorism" provision in Spain is identified with the Law of 10 July 1894 “atentados contras las personas o daños en las cosas por medio de aparatos o sustancias explosivas”. This law that was in force in the twentieth century, and intended to end the emerging anarchist violence. From that moment, many provisions: special legislation first and then in the Penal Code. First of these cases are judged in military courts and later ordinary jurisdiction. The Spanish Constitution of 1978 was a change in the legal regulation of terrorist offenses. This was a vague and imprecise legislation, it was characteristic of his historical period.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN: LA LEGISLACIÓN PENAL DEL SIGLO XIX
II. LAS IDEAS REFORMISTAS DURANTE EL ANTIGUO RÉGIMEN Y SU INFLUENCIA EN EL CONSTITUCIONALISMO: LA CODIFICACIÓN PENAL EN LA ESPAÑA DECIMONÓNICA
III. EL FENÓMENO HISTÓRICO DEL TERRORISMO:
1. Indefinición jurídica del término “terrorismo”
2. El terrorismo en el Código penal de 1995, tras la reforma de 2015
3. Características del fenómeno terrorista
4. El terrorismo en España
IV. LA LEGISLACIÓN HISTÓRICA SOBRE TERRORISMO EN ESPAÑA:
1. El terrorismo equiparado a otros fenómenos históricos: “bandolerismo” y “bandidaje”
2. El inicio de la violencia terrorista y de su legislación especial en el siglo XIX
3. La legislación antiterrorista en el siglo XX: la vigencia de la Ley de 1894 y la nueva legislación, el protagonismo principal de los Códigos penales. La legislación durante la Dictadura de Primo de Rivera y la II República española
4. La legislación antiterrorista durante la Dictadura franquista
5. La legislación antiterrorista durante la transición política española


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