Diccionario panhispánico del español jurídico

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Servicios económicos de interés general y ciudadanía

por García García, María Jesús

Artículo
ISSN: 23868104
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Bajo el término Servicios Económicos de Interés General se incluyen sectores como las telecomunicaciones, la banca, los servicios postales, los suministros de agua, el gas, la electricidad, el transporte y cualquier otra actividad económica que sea declarada de interés general por los estados. Estas actividades responden a necesidades básicas y esenciales de la colectividad, por lo cual el suministro y el acceso a estos servicios tiene que quedar garantizado a los ciudadanos. Con arreglo a nuestro derecho interno, el acceso a estas prestaciones se garantizaba a través de la fórmula del servicio público, de forma que la responsabilidad de su prestación quedaba encomendada a la Administración. Sin embargo, la legislación de la Unión Europea impone la liberalización de alguna de estas actividades, de forma que estas se abren al libre mercado y a la competencia. En este marco la prestación de servicios funciona siguiendo el criterio de la rentabilidad económica y comercial y pone fin a los monopolios estatales, dando lugar a la figura de los consumidores y usuarios de servicios, dotados de derechos e instrumentos de protección específicos. Con todo, se trata de actividades que continúan siendo de interés general, con lo que su prestación tiene que quedar garantizada a los ciudadanos en términos de calidad, regularidad, universalidad y precio asequible. En este contexto, la Unión Europea ha pretendido compatibilizar la liberalización económica de estas actividades, con el interés público subyacente y los intereses y derechos de los usuarios de estos servicios esenciales. A tal efecto, las normas comunitarias han desarrollado unas técnicas e instrumentos dirigidos a cumplir estas exigencias y a garantizar a los ciudadanos el acceso a unas prestaciones básicas y los usuarios la protección de sus derechos e intereses legítimos, cuestiones que son objeto de análisis en el presente artículo.

The term Economic Services of General Interest includes sectors such as telecommunications, banking, postal services, water supplies, gas, electricity, transport and any other economic activity that is declared of general interest by the states. These activities respond to basic and essential needs of the community, so the supply and access to these services must be guaranteed to citizens. According to our domestic law, access to these benefits was guaranteed through the public service formula, so that the responsibility for their provision was entrusted to the Administration. However, European Union legislation imposes the liberalization of some of these activities, so that they are open to the free market and competition. In this framework, the provision of services operates according to the criterion of economic and commercial profitability and puts an end to state monopolies, giving rise to the figure of consumers and users of services, endowed with specific rights and instruments of protection. However, these are activities that continue to be of general interest, so their provision must be guaranteed to citizens in terms of quality, regularity, universality and affordable price. In this context, the European Union has sought to reconcile the economic liberalization of these activities, with theunderlying public interest and the interests and rights of the users of these essential services. To this end, Community standards have developed techniques and instruments aimed at meeting these requirements and guaranteeing citizens access to basic services and users the protection of their rights and legitimate interests, issues that are the subject of analysis in this article.


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Bajo el término Servicios Económicos de Interés General se incluyen sectores como las telecomunicaciones, la banca, los servicios postales, los suministros de agua, el gas, la electricidad, el transporte y cualquier otra actividad económica que sea declarada de interés general por los estados. Estas actividades responden a necesidades básicas y esenciales de la colectividad, por lo cual el suministro y el acceso a estos servicios tiene que quedar garantizado a los ciudadanos. Con arreglo a nuestro derecho interno, el acceso a estas prestaciones se garantizaba a través de la fórmula del servicio público, de forma que la responsabilidad de su prestación quedaba encomendada a la Administración. Sin embargo, la legislación de la Unión Europea impone la liberalización de alguna de estas actividades, de forma que estas se abren al libre mercado y a la competencia. En este marco la prestación de servicios funciona siguiendo el criterio de la rentabilidad económica y comercial y pone fin a los monopolios estatales, dando lugar a la figura de los consumidores y usuarios de servicios, dotados de derechos e instrumentos de protección específicos. Con todo, se trata de actividades que continúan siendo de interés general, con lo que su prestación tiene que quedar garantizada a los ciudadanos en términos de calidad, regularidad, universalidad y precio asequible. En este contexto, la Unión Europea ha pretendido compatibilizar la liberalización económica de estas actividades, con el interés público subyacente y los intereses y derechos de los usuarios de estos servicios esenciales. A tal efecto, las normas comunitarias han desarrollado unas técnicas e instrumentos dirigidos a cumplir estas exigencias y a garantizar a los ciudadanos el acceso a unas prestaciones básicas y los usuarios la protección de sus derechos e intereses legítimos, cuestiones que son objeto de análisis en el presente artículo.

The term Economic Services of General Interest includes sectors such as telecommunications, banking, postal services, water supplies, gas, electricity, transport and any other economic activity that is declared of general interest by the states. These activities respond to basic and essential needs of the community, so the supply and access to these services must be guaranteed to citizens. According to our domestic law, access to these benefits was guaranteed through the public service formula, so that the responsibility for their provision was entrusted to the Administration. However, European Union legislation imposes the liberalization of some of these activities, so that they are open to the free market and competition. In this framework, the provision of services operates according to the criterion of economic and commercial profitability and puts an end to state monopolies, giving rise to the figure of consumers and users of services, endowed with specific rights and instruments of protection. However, these are activities that continue to be of general interest, so their provision must be guaranteed to citizens in terms of quality, regularity, universality and affordable price. In this context, the European Union has sought to reconcile the economic liberalization of these activities, with theunderlying public interest and the interests and rights of the users of these essential services. To this end, Community standards have developed techniques and instruments aimed at meeting these requirements and guaranteeing citizens access to basic services and users the protection of their rights and legitimate interests, issues that are the subject of analysis in this article.


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