Diccionario panhispánico del español jurídico

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Incapacidad de los menores de edad para registrarse en las redes sociales en España

por Arnaiz Boluda, Daniel

Artículo
ISSN: 19895992
Murcia Universidad de Murcia 2024
Ver otros artículos del mismo número: Vol. 41 (2024)

Las redes sociales se han convertido en una forma de comunicación con el resto de la sociedad, tanto amigos cercanos o compañeros de trabajo como con personas a las que no se conoce, creando contenido y compartiéndolo públicamente. El auge entre los menores de edad es aún más exitoso que entre los adultos si cabe. TikTok, Meta (antiguo Facebook), Twitter, WhatsApp, Instagram, Google y YouTube son algunas de las más importantes que se han tenido en cuenta en este artículo. Es por ello por lo que se analiza la validez de estos contratos aceptados por los menores no emancipados concluyendo la ausencia de dicha capacidad contractual y siendo, por tanto, todos esos contratos anulables por sus padres o tutores.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. REALIDAD CONTRACTUAL DE LAS REDES SOCIALES: FALSA GRATUIDAD
III. RÉGIMEN JURÍDICO SOBRE LA CAPACIDAD CONTRACTUAL DE LOS MENORES:
1. Concepto y alcance
2. De la nueva redacción del artículo 1263 del Código Civil para la determinación de la capacidad contractual
3. Legislación general sobre la capacidad contractual del menor
4. De la cesión de derechos de propiedad intelectual y de información personal sensible a las redes sociales
5. Efectos del registro en las redes sociales por los menores no emancipados
VI. CONCLUSIONES


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  • Número de páginas: 46
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Las redes sociales se han convertido en una forma de comunicación con el resto de la sociedad, tanto amigos cercanos o compañeros de trabajo como con personas a las que no se conoce, creando contenido y compartiéndolo públicamente. El auge entre los menores de edad es aún más exitoso que entre los adultos si cabe. TikTok, Meta (antiguo Facebook), Twitter, WhatsApp, Instagram, Google y YouTube son algunas de las más importantes que se han tenido en cuenta en este artículo. Es por ello por lo que se analiza la validez de estos contratos aceptados por los menores no emancipados concluyendo la ausencia de dicha capacidad contractual y siendo, por tanto, todos esos contratos anulables por sus padres o tutores.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. REALIDAD CONTRACTUAL DE LAS REDES SOCIALES: FALSA GRATUIDAD
III. RÉGIMEN JURÍDICO SOBRE LA CAPACIDAD CONTRACTUAL DE LOS MENORES:
1. Concepto y alcance
2. De la nueva redacción del artículo 1263 del Código Civil para la determinación de la capacidad contractual
3. Legislación general sobre la capacidad contractual del menor
4. De la cesión de derechos de propiedad intelectual y de información personal sensible a las redes sociales
5. Efectos del registro en las redes sociales por los menores no emancipados
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