Diccionario panhispánico del español jurídico

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La inclusión de la figura jurídica del administrador concursal persona jurídica en los registros de administradores concursales de los Colegios de Abogados informe 1/2012

por Consejo General de la Abogacía Española

Capítulo
Valencia Tirant lo Blanch 2013
Ver el libro de este capítulo: Informes 2012

El tema del que trata este informe consiste en determinar si los Colegios de Abogados, al elaborar los registros de administradores concursales a los que se refiere el artículo 27.3 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deben exigir que las personas jurídicas que soliciten la inscripción en ese registro revistan la forma de sociedades profesionales o si, por el contrario, deben permitir la inscripción de cualquier tipo de persona jurídica.

Tabla de Contenidos

I. Consulta;
II. Marco normativo;
III. Consideraciones;
IV. Conclusión.


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El tema del que trata este informe consiste en determinar si los Colegios de Abogados, al elaborar los registros de administradores concursales a los que se refiere el artículo 27.3 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, deben exigir que las personas jurídicas que soliciten la inscripción en ese registro revistan la forma de sociedades profesionales o si, por el contrario, deben permitir la inscripción de cualquier tipo de persona jurídica.

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