Diccionario panhispánico del español jurídico

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Bienes públicos: definición del dominio público marítimo-terrestre: las dunas "artificiales". La planificación portuaria y la urbanística. La protección del dominio público marítimo-terrestre. Usos y aprovechamientos del dominio público. Contratos patrimoniales

por Gosálbez Pequeño, Humberto

Artículo
ISSN: 1696-9650
Madrid Iustel 2005
Ver otros artículos del mismo número: 9

La Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo) de 3 de noviembre de 2004 (recurso de casación núm. 7070/2000, ponente Excmo. Sr. Rafael Fernández Valverde. Ref. Iustel: §236053) “aclara” que los bienes enunciados en el artículo 3.1.b) de la Ley de Costas de 1988 forman parte del demanio marítimo-terrestre, con independencia de su origen (la acción del mar o del viento marino u otras causas naturales o artificiales. En concreto, son dominio público las dunas, aun cuando surjan como consecuencia de plantaciones (o vegetación)efectuadas por los hombres, si bien lo son “hasta el límite que resulte necesario para garantizar la estabilidad de la playa o la defensa de la costa” (FJ 4). Además, continúa el Alto Tribunal, no puede considerarse que se trata de una “obra de defensa” que, previa la debida autorización o concesión, puede realizar el propietario del terreno lindante con el demanio en los términos previstos en el artículo 6.1 de la Ley de Costas, porque no hubo autorización y sí se ocupó la playa, debiendo aplicarse así lo dispuesto en el artículo 6.2 (“en otro caso, los terrenos invadidos pasarán a formar parte del dominio público marítimo-terrestre, según resulte del correspondiente deslinde”) [...]

Tabla de Contenidos

I. DEFINICIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE: LAS DUNAS “ARTIFICIALES”
II. LA PLANIFICACIÓN PORTUARIA Y LA URBANÍSTICA
III. LA PROTECCIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE
1. La finalidad del procedimiento administrativo del deslinde
2. Paralización de obras en un terreno deslindado provisionalmente
III. USOS Y APROVECHAMIENTOS DEL DOMINIO PÚBLICO
1. Inscripción registral de aprovechamientos de aguas privadas
2. Exención de las “obras portuarias” al control preventivo municipal
3. Requisitos para obtener la autorización de explotación de recursos mineros
4. Denegación de una concesión de utilización del dominio público marítimo-terrestre
IV. CONTRATOS PATRIMONIALES
1. La necesidad de la permuta de los bienes municipales
2. La contratación directa de la explotación de bienes públicos


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La Sentencia del Tribunal Supremo (Sala de lo Contencioso-Administrativo) de 3 de noviembre de 2004 (recurso de casación núm. 7070/2000, ponente Excmo. Sr. Rafael Fernández Valverde. Ref. Iustel: §236053) “aclara” que los bienes enunciados en el artículo 3.1.b) de la Ley de Costas de 1988 forman parte del demanio marítimo-terrestre, con independencia de su origen (la acción del mar o del viento marino u otras causas naturales o artificiales. En concreto, son dominio público las dunas, aun cuando surjan como consecuencia de plantaciones (o vegetación)efectuadas por los hombres, si bien lo son “hasta el límite que resulte necesario para garantizar la estabilidad de la playa o la defensa de la costa” (FJ 4). Además, continúa el Alto Tribunal, no puede considerarse que se trata de una “obra de defensa” que, previa la debida autorización o concesión, puede realizar el propietario del terreno lindante con el demanio en los términos previstos en el artículo 6.1 de la Ley de Costas, porque no hubo autorización y sí se ocupó la playa, debiendo aplicarse así lo dispuesto en el artículo 6.2 (“en otro caso, los terrenos invadidos pasarán a formar parte del dominio público marítimo-terrestre, según resulte del correspondiente deslinde”) [...]

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I. DEFINICIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE: LAS DUNAS “ARTIFICIALES”
II. LA PLANIFICACIÓN PORTUARIA Y LA URBANÍSTICA
III. LA PROTECCIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE
1. La finalidad del procedimiento administrativo del deslinde
2. Paralización de obras en un terreno deslindado provisionalmente
III. USOS Y APROVECHAMIENTOS DEL DOMINIO PÚBLICO
1. Inscripción registral de aprovechamientos de aguas privadas
2. Exención de las “obras portuarias” al control preventivo municipal
3. Requisitos para obtener la autorización de explotación de recursos mineros
4. Denegación de una concesión de utilización del dominio público marítimo-terrestre
IV. CONTRATOS PATRIMONIALES
1. La necesidad de la permuta de los bienes municipales
2. La contratación directa de la explotación de bienes públicos


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