Diccionario panhispánico del español jurídico

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El delito fiscal como delito común: análisis del nuevo artículo 305.6

por Martínez Serna, Iker

Artículo
ISSN: 1698-1189
Madrid Iustel 2013
Ver otros artículos del mismo número: 20

La naturaleza del delito fiscal siempre ha sido objeto de debate en la doctrina, la cual se halla dividida entre los partidarios de la naturaleza especial de este delito, donde sólo puede ser autor el obligado tributario y los que opinan que es un delito común sin limitaciones en materia de autoría. Con la última reforma del delito contra la Delitos contra la Hacienda Pública, se introduce el nuevo artículo 305.6. Dicho artículo introduce una atenuante y hace referencia en su texto “al obligado tributario y al autor del delito”. Esto puede interpretarse como que el nuevo artículo 305.6 abre la puerta a que haya más autores, aparte del obligado tributario. La cuestión es analizar si esto supone algo novedoso a la hora de determinar la naturaleza del delito fiscal, o si por el contrario este delito siempre se ha configurado como un tipo común, donde cualquiera puede cometer una defraudación.

The nature of tax evasion has always been discussed in literature, which is divided between believers in the unique nature of this crime where it can be only the perpetrator, the taxpayer himself, and those who think it is a common crime without authorship’s constraints. The latest reform in tax evasion includes the new article 305.6. This article introduces mitigating circumstances and it contains in its text "the taxpayer and the perpetrator ". This can be interpreted as the new Article 305.6 opening the door to a wider possibility of responsible parties, besides the taxpayer. The question is to analyze whether this represents something new in determining the nature of this tax offense or instead this crime has always been recognised as a common type where anyone can be held as the perpetrator.

Tabla de Contenidos

I. INTRODUCCIÓN
II. POSICIONES DOCTRINALES A CERCA DE LA NATURALEZA DEL DELITO FISCAL
1. Postura que considera al delito fiscal como un delito especial propio
2. Postura que considera el delito fiscal como un delito especial de infracción de un deber
3. Postura que considera que el delito fiscal es un delito especial de infracción de un deber pero con elementos de dominio
4. Postura que considera al delito fiscal como un delito especial de dominio o delito de posición
5. Postura que considera al delito fiscal como un delito de posición no institucional
6. Postura que considera al delito fiscal como delito común
7. La postura de la Jurisprudencia
III. LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 8 DE ABRIL DE 2008 Y DE 30 DE ABRIL DE 2003
IV. CONCLUSIÓN: EL DELITO CONTRA LA Delitos contra la Hacienda Pública COMO DELITO COMÚN
V. BIBLIOGRAFÍA
VI. JURISPRUDENCIA


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La naturaleza del delito fiscal siempre ha sido objeto de debate en la doctrina, la cual se halla dividida entre los partidarios de la naturaleza especial de este delito, donde sólo puede ser autor el obligado tributario y los que opinan que es un delito común sin limitaciones en materia de autoría. Con la última reforma del delito contra la Delitos contra la Hacienda Pública, se introduce el nuevo artículo 305.6. Dicho artículo introduce una atenuante y hace referencia en su texto “al obligado tributario y al autor del delito”. Esto puede interpretarse como que el nuevo artículo 305.6 abre la puerta a que haya más autores, aparte del obligado tributario. La cuestión es analizar si esto supone algo novedoso a la hora de determinar la naturaleza del delito fiscal, o si por el contrario este delito siempre se ha configurado como un tipo común, donde cualquiera puede cometer una defraudación.

The nature of tax evasion has always been discussed in literature, which is divided between believers in the unique nature of this crime where it can be only the perpetrator, the taxpayer himself, and those who think it is a common crime without authorship’s constraints. The latest reform in tax evasion includes the new article 305.6. This article introduces mitigating circumstances and it contains in its text "the taxpayer and the perpetrator ". This can be interpreted as the new Article 305.6 opening the door to a wider possibility of responsible parties, besides the taxpayer. The question is to analyze whether this represents something new in determining the nature of this tax offense or instead this crime has always been recognised as a common type where anyone can be held as the perpetrator.

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I. INTRODUCCIÓN
II. POSICIONES DOCTRINALES A CERCA DE LA NATURALEZA DEL DELITO FISCAL
1. Postura que considera al delito fiscal como un delito especial propio
2. Postura que considera el delito fiscal como un delito especial de infracción de un deber
3. Postura que considera que el delito fiscal es un delito especial de infracción de un deber pero con elementos de dominio
4. Postura que considera al delito fiscal como un delito especial de dominio o delito de posición
5. Postura que considera al delito fiscal como un delito de posición no institucional
6. Postura que considera al delito fiscal como delito común
7. La postura de la Jurisprudencia
III. LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE 8 DE ABRIL DE 2008 Y DE 30 DE ABRIL DE 2003
IV. CONCLUSIÓN: EL DELITO CONTRA LA Delitos contra la Hacienda Pública COMO DELITO COMÚN
V. BIBLIOGRAFÍA
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