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El consentimiento en el Derecho penal económico Un estudio a propósito de los delitos de administración desleal (art. 252 CP) y corrupción en los negocios (art. 286 bis CP)
El presente trabajo pretende contribuir al estudio y desarrollo dogmático de la institución del consentimiento en el Derecho penal económico. Tras analizar críticamente los argumentos al uso en la doctrina especializada para justificar su inacción en lo que se refiere a la teorización de esta figura, se ofrece respuesta a continuación a las dos cuestiones fundamentales que suscita el consentimiento en el Derecho penal económico. Lo pretendido es, en primer lugar, definir quién y bajo qué condiciones puede consentir válidamente el menoscabo de un interés patrimonial de titularidad compartida, en especial, en el marco de una estructura societaria. Para ello se toma como referencia el nuevo delito de administración desleal del art. 252 CP. En segundo lugar, se aborda el problema de cómo valorar el consentimiento del particular al menoscabo de un interés individual protegido conjuntamente con uno de naturaleza colectiva (delitos pluriofensivos de naturaleza mixta). Para ello se toma como referencia el delito de corrupción en los negocios del art. 286 bis CP.
I. INTRODUCCIÓN
II. SOBRE LA NECESARIA TEORIZACIÓN DEL CONSENTIMIENTO COMO CAUSA GENERAL DE EXCLUSIÓN DEL INJUSTO EN EL DERECHO PENAL ECONÓMICO
III. SOBRE LA RELEVANCIA DEL CONSENTIMIENTO ANTE LA LESIÓN DE INTERESES INDIVIDUALES COMPARTIDOS A PROPÓSITO DEL DELITO DE ADMINISTRACIÓN DESLEAL (ART. 252 CP)
1. Introducción
2. El consentimiento ante supuestos de cotitularidad patrimonial
3. El consentimiento a actos de administración prima facie desleal en el marco de estructuras societarias
IV. EL CONSENTIMIENTO ANTE DELITOS QUE PROTEGEN INTERESES INDIVIDUALES Y COLECTIVOS A PROPÓSITO DEL DELITO DE CORRUPCIÓN EN LOS NEGOCIOS (ART. 286 BIS CP)
1. Introducción
2. El consentimiento del empresario en el delito de corrupción en los negocios del art. 286 bis CP. 3.El consentimiento como instrumento de definición del objeto de protección ante delitos (aparentemente) pluriofensivos
V. CONCLUSIONES
VI. BIBLIOGRAFÍA
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El presente trabajo pretende contribuir al estudio y desarrollo dogmático de la institución del consentimiento en el Derecho penal económico. Tras analizar críticamente los argumentos al uso en la doctrina especializada para justificar su inacción en lo que se refiere a la teorización de esta figura, se ofrece respuesta a continuación a las dos cuestiones fundamentales que suscita el consentimiento en el Derecho penal económico. Lo pretendido es, en primer lugar, definir quién y bajo qué condiciones puede consentir válidamente el menoscabo de un interés patrimonial de titularidad compartida, en especial, en el marco de una estructura societaria. Para ello se toma como referencia el nuevo delito de administración desleal del art. 252 CP. En segundo lugar, se aborda el problema de cómo valorar el consentimiento del particular al menoscabo de un interés individual protegido conjuntamente con uno de naturaleza colectiva (delitos pluriofensivos de naturaleza mixta). Para ello se toma como referencia el delito de corrupción en los negocios del art. 286 bis CP.
I. INTRODUCCIÓN
II. SOBRE LA NECESARIA TEORIZACIÓN DEL CONSENTIMIENTO COMO CAUSA GENERAL DE EXCLUSIÓN DEL INJUSTO EN EL DERECHO PENAL ECONÓMICO
III. SOBRE LA RELEVANCIA DEL CONSENTIMIENTO ANTE LA LESIÓN DE INTERESES INDIVIDUALES COMPARTIDOS A PROPÓSITO DEL DELITO DE ADMINISTRACIÓN DESLEAL (ART. 252 CP)
1. Introducción
2. El consentimiento ante supuestos de cotitularidad patrimonial
3. El consentimiento a actos de administración prima facie desleal en el marco de estructuras societarias
IV. EL CONSENTIMIENTO ANTE DELITOS QUE PROTEGEN INTERESES INDIVIDUALES Y COLECTIVOS A PROPÓSITO DEL DELITO DE CORRUPCIÓN EN LOS NEGOCIOS (ART. 286 BIS CP)
1. Introducción
2. El consentimiento del empresario en el delito de corrupción en los negocios del art. 286 bis CP. 3.El consentimiento como instrumento de definición del objeto de protección ante delitos (aparentemente) pluriofensivos
V. CONCLUSIONES
VI. BIBLIOGRAFÍA