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Nuevos avances en el camino hacia una Fiscalía europea
El pasado mes de abril, 16 Estados decidieron iniciar el proceso para la creación y puesta en funcionamiento de la Fiscalía Europea. No se trata, ni mucho menos, de una aspiración nueva en la Unión Europea, en particular, en el desarrollo del denominado espacio de libertad, seguridad y justicia (ELSJ), sino muy al contrario, de revitalizar una propuesta que, pese a que ha sido objeto de debate y análisis en diversas ocasiones, hasta el punto de ser integrada en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) como previsión de futuro, no ha contado hasta la fecha con el impulso político ni el quorumsuficiente para poder ser desarrollada y puesta en marcha. De ahí que, ante anteriores intentos frustrados y la imposibilidad de llegar a la unanimidad, los Estados partidarios de su establecimiento hayan optado por acogerse a lo dispuesto en el art. 86 del TFUE y apostar por su creación en el marco de la cooperación reforzada. Se sigue así el camino que en otras ocasiones ha sido necesario llevar a cabo para reforzar la cooperación entre Estados, como lo sucedió con el acuerdo de Schengen en 1985 [...]
I. INTRODUCCIÓN
II. EL MARCO JURÍDICO ACTUAL PARA LA CREACIÓN DE LA FISCALÍA EUROPEA
1. Su desarrollo en el marco de la cooperación reforzada
2. La compleja estructura orgánica de la Fiscalía europea y la garantía de su independencia
3. Síntesis de las funciones de la Fiscalía Europea.
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El pasado mes de abril, 16 Estados decidieron iniciar el proceso para la creación y puesta en funcionamiento de la Fiscalía Europea. No se trata, ni mucho menos, de una aspiración nueva en la Unión Europea, en particular, en el desarrollo del denominado espacio de libertad, seguridad y justicia (ELSJ), sino muy al contrario, de revitalizar una propuesta que, pese a que ha sido objeto de debate y análisis en diversas ocasiones, hasta el punto de ser integrada en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) como previsión de futuro, no ha contado hasta la fecha con el impulso político ni el quorumsuficiente para poder ser desarrollada y puesta en marcha. De ahí que, ante anteriores intentos frustrados y la imposibilidad de llegar a la unanimidad, los Estados partidarios de su establecimiento hayan optado por acogerse a lo dispuesto en el art. 86 del TFUE y apostar por su creación en el marco de la cooperación reforzada. Se sigue así el camino que en otras ocasiones ha sido necesario llevar a cabo para reforzar la cooperación entre Estados, como lo sucedió con el acuerdo de Schengen en 1985 [...]
I. INTRODUCCIÓN
II. EL MARCO JURÍDICO ACTUAL PARA LA CREACIÓN DE LA FISCALÍA EUROPEA
1. Su desarrollo en el marco de la cooperación reforzada
2. La compleja estructura orgánica de la Fiscalía europea y la garantía de su independencia
3. Síntesis de las funciones de la Fiscalía Europea.