Diccionario panhispánico del español jurídico

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Festus, 508, 18: quod populo debetur

por Camacho de los Ríos, Manuel

Artículo
ISSN: 1697-3046
Madrid Iustel 2011
Ver otros artículos del mismo número: 17

Este trabajo, que parte de otro anterior titulado Debitum publicum civis publicado en las Actas del XII Congreso de la AIDROM celebrado en las Palmas de Gran Canarias en 2006, aborda algunas nuevas cuestiones que quedaron pendientes y perfecciona al anterior como continuación en base a unas nuevas conclusiones más delineadas. Hay que intentar clarificar de una forma definitiva la terminología fiscal romana en la que existe cierto desorden y confusión. Todavía en nuestros días son numerosos los romanistas e historiadores que reconocen dicho marasmo terminológico. Por eso, en este trabajo se llega a una serie de conclusiones que giran en torno a un texto de FESTO a partir del cual se concluye como existe un primer significado esencial del término vectigal en el sentido de debitum publicum que convive con otros más secundarios como el de contribución general y con el significado material de impuestos directos o indirectos o incluso de impuestos concretos.

This project, which stems from a previous one called Debitum publicum civis published in the Minutes of the XII AIDROM congress held in Las Palmas de Gran Canaria in 2006, deals with some of the issues that were left pending and improves the previous one with new more precise conclusions. One must try to clarify in a definite way the Roman fiscal terminology which bears certain disorder and confusion. Still in our days there are numerous romanists and historians that recognise this termonological marasmus. That is why in this project certain conclusions are reached which revolve round a text from FESTO from where one concludes that a first essential meaning of the term vectigal exists in the sense of debitum publicum that coexixts with other more secondary meanings like the general contribution and with the material meaning of direct or indirect taxes or even specific taxes.

Tabla de Contenidos

A) Introducción
B) Análisis de las fuentes en cuestión
C) Conclusiones


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Este trabajo, que parte de otro anterior titulado Debitum publicum civis publicado en las Actas del XII Congreso de la AIDROM celebrado en las Palmas de Gran Canarias en 2006, aborda algunas nuevas cuestiones que quedaron pendientes y perfecciona al anterior como continuación en base a unas nuevas conclusiones más delineadas. Hay que intentar clarificar de una forma definitiva la terminología fiscal romana en la que existe cierto desorden y confusión. Todavía en nuestros días son numerosos los romanistas e historiadores que reconocen dicho marasmo terminológico. Por eso, en este trabajo se llega a una serie de conclusiones que giran en torno a un texto de FESTO a partir del cual se concluye como existe un primer significado esencial del término vectigal en el sentido de debitum publicum que convive con otros más secundarios como el de contribución general y con el significado material de impuestos directos o indirectos o incluso de impuestos concretos.

This project, which stems from a previous one called Debitum publicum civis published in the Minutes of the XII AIDROM congress held in Las Palmas de Gran Canaria in 2006, deals with some of the issues that were left pending and improves the previous one with new more precise conclusions. One must try to clarify in a definite way the Roman fiscal terminology which bears certain disorder and confusion. Still in our days there are numerous romanists and historians that recognise this termonological marasmus. That is why in this project certain conclusions are reached which revolve round a text from FESTO from where one concludes that a first essential meaning of the term vectigal exists in the sense of debitum publicum that coexixts with other more secondary meanings like the general contribution and with the material meaning of direct or indirect taxes or even specific taxes.

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