Diccionario panhispánico del español jurídico

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El «nuevo» régimen de la revisión de oficio y de los recursos administrativos

por Santamaría Pastor, Juan Alfonso

Artículo
ISSN: 2695-5407
Ver otros artículos del mismo número: Número 105. Mayo-Agosto 2016

El trabajo examina las ocho modificaciones introducidas en el régimen de la revisión de oficio y de los actos administrativos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, analizando las que merecen una valoración positiva o negativa. Estudia también los aspectos de ambas instituciones que no han sido reformados, pese a su necesidad, sugiriendo unas directrices para la reforma en profundidad de ambas.

Tabla de Contenidos

I. Continuidad, pequeñas modificaciones y reformas no abordadas.
II. Lo que (felizmente) se modifica.
II.1. La irrecurribilidad de las declaraciones de lesividad.
II.2. El plazo de la suspensión automática en vía de recurso.
II.3. La apertura del plazo de recurso contra actos presuntos.
III. Lo que (infelizmente) se modifica.
III.1. El plazo máximo de resolución de los procedimientos de revisión de oficio.
III.2. El límite temporal de las revocaciones de actos desfavorables.
III.3. El régimen de inadmisión de los recursos.
III.4. Las restricciones a la alegación y prueba.
III.5. La suspensión de los recursos en masa.
IV. Lo que (infelizmente) no se modifica.
IV.1. Los vacíos sin cubrir.
IV.2. Las cuestiones de fondo.
A. Un nuevo sistema de recursos.
B. La reconsideración de la revisión de oficio.


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El trabajo examina las ocho modificaciones introducidas en el régimen de la revisión de oficio y de los actos administrativos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, analizando las que merecen una valoración positiva o negativa. Estudia también los aspectos de ambas instituciones que no han sido reformados, pese a su necesidad, sugiriendo unas directrices para la reforma en profundidad de ambas.

Tabla de Contenidos

I. Continuidad, pequeñas modificaciones y reformas no abordadas.
II. Lo que (felizmente) se modifica.
II.1. La irrecurribilidad de las declaraciones de lesividad.
II.2. El plazo de la suspensión automática en vía de recurso.
II.3. La apertura del plazo de recurso contra actos presuntos.
III. Lo que (infelizmente) se modifica.
III.1. El plazo máximo de resolución de los procedimientos de revisión de oficio.
III.2. El límite temporal de las revocaciones de actos desfavorables.
III.3. El régimen de inadmisión de los recursos.
III.4. Las restricciones a la alegación y prueba.
III.5. La suspensión de los recursos en masa.
IV. Lo que (infelizmente) no se modifica.
IV.1. Los vacíos sin cubrir.
IV.2. Las cuestiones de fondo.
A. Un nuevo sistema de recursos.
B. La reconsideración de la revisión de oficio.


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