Diccionario panhispánico del español jurídico

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El derecho a la no discriminación de los funcionarios interinos: estado de la cuestión tras la más reciente jurisprudencia comunitaria

por Mateos Martínez, José

Artículo
ISSN: 2695-5407
Ver otros artículos del mismo número: Número 117. Mayo-Agosto 2020

El presente trabajo tiene por objeto reflexionar sobre la proyección del art. 14 CE, puesto en conexión con el Derecho Europeo, sobre las condiciones de trabajo de los funcionarios interinos, que han venido sufriendo una discriminación endémica respecto de los funcionarios de carrera. A este respecto, examinaremos de forma crítica los más relevantes hitos jurisprudenciales en el reconocimiento de este derecho fundamental a los funcionarios interinos, con especial atención a las últimas sentencias del TJUE sobre su discriminación retributiva respecto de los funcionarios de carrera y su posible acceso a la fijeza por la excesiva concatenación de nombramientos.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. El impacto del Derecho de la Unión Europea en el estatus de los funcionarios interinos.
III. Un repaso general a la jurisprudencia sobre el derecho a la no discriminación de los funcionarios interinos.
1.Igualdad en el cobro de trienios.
2. No discriminación en la percepción de sexenios.
3. No discriminación en la valoración de méritos ligados a la prestación de servicios para la Administración.
4. No discriminación de funcionarias interinas en el disfrute de los permisos que gozan sus compañeras funcionarias de carrera.
IV. Un importante (aunque aparentemente fallido) paso en el reconocimiento del derecho fundamental consagrado en el art. 14 CE a los interinos: la STS 966/2018, de 11 de junio.
1. Origen y contenido de la sentencia.
2. Un paso atrás y sus matices: la STS 1019/2019, de 9 de julio.
V. Fraude de ley en la relación funcionarial interina y sus consecuencias en el momento del cese.
1. La malograda utopía de la fijeza.
2. La figura del indefinido no fijo como vía imperfecta para resarcir a los empleados públicos víctimas de nombramientos en fraude de ley.
3. ¿Existe un derecho incondicionado a la indemnización por interinidad de larga duración? El caso De Diego Porras y la posterior desprotección de una parte de los interinos de larga duración tras el Caso Montero Mateos.
VI. A modo de conclusión.


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El presente trabajo tiene por objeto reflexionar sobre la proyección del art. 14 CE, puesto en conexión con el Derecho Europeo, sobre las condiciones de trabajo de los funcionarios interinos, que han venido sufriendo una discriminación endémica respecto de los funcionarios de carrera. A este respecto, examinaremos de forma crítica los más relevantes hitos jurisprudenciales en el reconocimiento de este derecho fundamental a los funcionarios interinos, con especial atención a las últimas sentencias del TJUE sobre su discriminación retributiva respecto de los funcionarios de carrera y su posible acceso a la fijeza por la excesiva concatenación de nombramientos.

Tabla de Contenidos

I. Introducción.
II. El impacto del Derecho de la Unión Europea en el estatus de los funcionarios interinos.
III. Un repaso general a la jurisprudencia sobre el derecho a la no discriminación de los funcionarios interinos.
1.Igualdad en el cobro de trienios.
2. No discriminación en la percepción de sexenios.
3. No discriminación en la valoración de méritos ligados a la prestación de servicios para la Administración.
4. No discriminación de funcionarias interinas en el disfrute de los permisos que gozan sus compañeras funcionarias de carrera.
IV. Un importante (aunque aparentemente fallido) paso en el reconocimiento del derecho fundamental consagrado en el art. 14 CE a los interinos: la STS 966/2018, de 11 de junio.
1. Origen y contenido de la sentencia.
2. Un paso atrás y sus matices: la STS 1019/2019, de 9 de julio.
V. Fraude de ley en la relación funcionarial interina y sus consecuencias en el momento del cese.
1. La malograda utopía de la fijeza.
2. La figura del indefinido no fijo como vía imperfecta para resarcir a los empleados públicos víctimas de nombramientos en fraude de ley.
3. ¿Existe un derecho incondicionado a la indemnización por interinidad de larga duración? El caso De Diego Porras y la posterior desprotección de una parte de los interinos de larga duración tras el Caso Montero Mateos.
VI. A modo de conclusión.


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